Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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ADSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA
NICARAGÜENSE DE ALIMENTOS BÁSICOS (ENABAS) AL MINISTERIO DE
COMERCIO INTERIOR
Decreto No. 484 de 9 de agosto de 1980
Publicado en La Gaceta No.187 de 16 de agosto de 1980
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:Artículo 1.- La Empresa Nicaragüense de Alimentos Básicos
(ENABAS), creada como Empresa Estatal por Decreto No. 82, en el
Artículo 5, Inc. 6, del 19 de septiembre de 1979, publicado en "La
Gaceta", No. 15 de fecha 21 del mismo mes y año, dependiente del
Ministerio de Comercio Exterior, se adscribe al Ministerio de
Comercio Interior conservando su naturaleza de entidad con
personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad para
adquirir derechos y contraer obligaciones.
Artículo 2.- La Empresa Nicaragüense de Alimentos Básicos
(ENABAS) conserva las facultades que le son asignadas en el Inc. b)
del Artículo 9 del mismo Decreto, debiendo leerse: "Ministerio de
Comercio Interior donde dice "Ministerio de Comercio Exterior y
ejercerá sus funciones bajo la dirección y control del Ministerio
de Comercio Interior, quien queda facultado para emitir todas las
disposiciones, acuerdos y reglamentos para la correcta
administración y el buen desarrollo de sus actividades.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia desde
su publicación en 'La Gaceta" Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los nueve días del mes de agosto de
mil novecientos ochenta. "Año de la Alfabetización".
Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Sergio Ramírez
Mercado. Moisés Hassan Morales. Daniel Ortega Saavedra. Arturo J.
Cruz. Rafael Córdoba Rivas.
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