Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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ADHESIÓN AL ESTATUTO DEL CENTRO
DE INFORMACIÓN SOBRE LAS EMPRESAS TRANSNACIONALES
Decreto No. 1014 de 29 de marzo de 1982
Publicado en La Gaceta No. 82 de 8 de abril de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
Considerando:
I
Que el 31 de marzo de 1977, con ocasión de la Conferencia de
Plenipotenciarios de los Países no Alineados, celebrada en la
ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, se aprobó el
Estatuto del Centro de Información de los Países No Alineados sobre
las Empresas Transnacionales.
II
Que dicho Centro informará a los Países No Alineados acerca de las
operaciones de las Empresas Transnacionales y les prestará
asistencia en sus negocios con dichas empresas.
III
Que el proceso de Reconstrucción Nacional en que está empeñado el
Gobierno Revolucionario, requiere de la cooperación que pudieran
prestarnos diferentes organizaciones dentro del espíritu de
solidaridad y hermandad que nos anima, a fin de salvaguardar el
principio de soberanía sobre nuestros recursos naturales.
POR TANTO:
en uso de sus facultad
Decreta:
Artículo 1.-Adherir al Estatuto del "Centro de información
sobre las Empresas Transnacionales", aprobado en la ciudad de Nueva
York, Estados Unidos de América, durante la conferencia de
Plenipotenciarios de los Países no AlineadoS celebrada el 31 de
marzo de l977.
Artículo 2.-Expedir el correspondiente Instrumento de
Adhesión para su depósito, ante el Gobierno de la República de
Cuba, de conformidad con el Artículo 35 del Estatuto.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de la fecha de su publicación en el Diario Oficial "La
Gaceta".
Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua Libre, a los veintinueve
días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la
Unidad Frente a la Agresión."
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. - Daniel Ortega Saavedra.- Rafael Córdova Rivas.
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