Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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ADHESION AL CONVENIO RELATIVO A
LA ORGANIZACION CONSULTIVO MARITIMA INTERGUBERNAMENTAL
(OCMI)
Decreto No. 840 de 12 de octubre de 1981
Publicado en La Gaceta No. 239 de 22 de octubre de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Adherirse y aceptar el Convenio Relativo a la
Organización Consultiva Marítima Intergubernamental (OCMI) adoptado
por la Conferencia Marítima de las Naciones Unidas (ONU) celebrada
en Ginebra el 6 de marzo de 1948, y sus Enmiendas contenidas en las
Resoluciones: A. 358 (IX) de 1975; A. 400 (IX) de 1977; y A. 450
(XI) de 1979.
Artículo 2.-Expedir el instrumento de adhesión declarando
aceptar el mencionado Convenio en todo y cada uno de sus artículos,
por conducto del Ministerio del Exterior, para su depósito ante el
Secretario General de las Naciones Unidas de conformidad con el
artículo 57 de dicho Convenio.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia desde el
momento de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua a los doce días del mes de octubre de
mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la
Producción".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rrifuel. Córdoba Rivas.
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