Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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ADHESIÓN AL CONVENIO
INTERNACIONAL SOBRE ARQUEO DE BUQUES, 1969
DECRETO No. 56-93, Aprobado el 16 de Diciembre de 1993
Publicado en La Gaceta No. 240 de 20 de Diciembre de 1993
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
Considerando
I
Que la Conferencia Internacional especializada, convocada por la
Organización Marítima Internacional (OMI), aprobó en Londres el 23
de Junio de 1969, el Convenio Internacional sobre Arqueo de Buques,
1969.
II
Que el Convenio Internacional sobre Arqueo de Buques, 1969,
establece un sistema universalmente aceptado para calcular el
arqueo de los buques mercantes.
III
Que conviene a nuestro país la adhesión de dicho instrumento
internacional a fin de adecuar nuestra legislación a normas
internacionalmente aceptadas.
Por Tanto
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente Decreto de:
ADHESIÓN AL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE ARQUEO DE BUQUES,
1969
Artículo 1.- Adherir al Convenio Internacional sobre Arqueo
de Buques, 1969 y sus Anexos, aprobado en la Conferencia
Internacional Especializada celebrada en Londres el 23 de Junio de
1969.
Artículo 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de
Adhesión para su depósito en poder del Secretario General de la
Organización Marítima Internacional de conformidad con el artículo
16 del Convenio.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
dieciséis días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y
tres. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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