Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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ADHESIÓN A LA PRÓRROGA DEL
CONVENIO INTERNACIONAL DEL CAFÉ
DECRETO EJECUTIVO No.63-92. Aprobado el 27 de Noviembre de
1992.
Publicado en La Gaceta No.228 de 27 de Noviembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARUGA,
CONSIDERANDO:
I
De conformidad con la Resolución número 355 Aprobada por el Consejo
Internacional del Café, el 27 de Septiembre de 1991, resuelve
prorrogar por 1 año más, del 1 de Octubre de 1992 al 30 de
Septiembre de 1993, el Convenio Internacional del Café de 1983
Prorrogado, del cual forma parte Nicaragua.
II
Que la aprobación a dicha prórroga conviene a los intereses de
Nicaragua, por cuanto existe la voluntad política para examinar
todas las posibles bases de negociación de un nuevo Convenio
Internacional del Café.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO:
El siguiente Decreto de:
ADHESIÓN A LA PRÓRROGA DEL CONVENIO INTERNACIONAL DEL
CAFÉ
Artículo 1.- Adherirse a la prórroga del Convenio
Internacional del Café de 1983, prórroga que comprende del 1 de
Octubre de 1992 al 30 de Septiembre de 1993, todo de conformidad
con la Resolución número 355 del 27 de Septiembre de 1991 aprobada
por el Consejo Internacional del Café.
Artículo 2.- Comuníquese esta Adhesión al Secretario General
de las Naciones Unidas debiendo manifestarse que ella se hace
conforme los términos de la cláusula 5 de la citada
resolución.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
veintisiete días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y
dos.- VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
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