Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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ADHESIÓN A LA PRORROGA DEL
CONVENIO INTERNACIONAL DEL CAFÉ DE 1994
DECRETO No. 9-2000, Aprobado el 17 de Enero del 2000
Publicado en La Gaceta No. 21 del 31 de Enero del 2000
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el Consejo Internacional del Café en su 78 vo. Período de
Sesiones, celebrado en Londres, Inglaterra, adoptó el 21 de julio
de 1999 la Resolución Número 384, mediante la cual se establece
prórroga a partir del 1 de octubre de 1999 al 30 de septiembre del
2001 el Convenio Internacional del Café de 1994, del cual Nicaragua
es parte.
II
Que la aprobación de dicha prórroga conviene a los intereses de
Nicaragua como país productor del Café, el cual constituye uno de
los principales productos de exportación.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
ADHESIÓN A LA PRORROGA DEL CONVENIO
INTERNACIONAL DEL CAFÉ DE 1994
Artículo 1.- Adherirse a la Prórroga del Convenio
Internacional del Café de 1994, aprobada mediante Resolución Número
384, adoptada en el 78 vo, Período de Sesiones del Consejo
Internacional de Café, en Londres, Inglaterra el 21 de julio de
1999.
Artículo 2.- Comunicar esta adhesión al Secretario
General de la Organización de las Naciones Unidas.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el diecisiete
de Enero del año dos mil. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente
de la República de Nicaragua.
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