Adhesión A La Convención Sobre El Estatuto De Los Apatridas Y Su Anexo

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - ADHESIÓN A LA CONVENCIÓN SOBRE EL ESTATUTO DE LOS APATRIDAS Y SU ANEXO DECRETO No. 12-2013, Aprobado el 13 de Febrero del 2013 Publicado en La Gaceta No. 44 del 7 de Marzo del 2013 El Presidente de la República Comandante Daniel Ortega Saavedra En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política HA DICTADO El siguiente: DECRETO DE ADHESIÓN A LA CONVENCIÓN SOBRE EL ESTATUTO DE LOS APATRIDAS Y SU ANEXO Artículo 1. Adherirse a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, hecha en Nueva York, el día veintiocho de septiembre de mil novecientos cincuenta y cuatro. Artículo 2. Remitir a la Asamblea Nacional la iniciativa de Decreto Legislativo de aprobación de la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, de conformidad con lo dispuesto para tales efectos en el inciso 12 del artículo 138 de la Constitución Política y artículo 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo. Artículo 3. El presente Decreto de Adhesión entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día trece de Febrero del año dos mil trece. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Samuel Santos López, Ministro de Relaciones Exteriores. -