Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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ADELANTASE EN UNA HORA LA HORA
NACIONAL
DECRETO No. 67, Aprobado el 14 de Marzo de 1979
Publicado en La Gaceta No. 65 del 17 de Marzo de 1979
En la ciudad de Managua, Distrito Nacional, a las once y treinta
minutos de la mañana del día catorce de marzo de mil novecientos
setenta y nueve, reunidos en Casa Presidencial, en Consejo de
Ministros, los infrascritos señores: General de División Don
Anastasio Somoza Debayle, Presidente de la República, Ingeniero J.
Antonio Mora Rostrán, Ministro de la Gobernación; Doctor Harry
Bodán Shields, Ministro de Relaciones Exteriores, por la Ley; Mayor
General Samuel Genie Amaya, Ministro de Hacienda y Crédito Público;
Profesora María Helena de Porras, Ministra de Educación Pública;
Señor Don Róger Blandón Velásquez, Ministro de Economía, Industria
y Comercio; Doctor Luis Valle Olivares, Ministro de Obras Públicas;
Mayor General Guillermo Noguera Zamora, Ministro de Defensa; Doctor
Edmundo Bernheim Espinosa, Ministro de Salud Pública, Ingeniero
Klaus Sengelmann, Ministro de Agricultura y Ganadería; Doctor Justo
García Aguilar, Ministro del Trabajo; previa citación del
Excelentísimo Señor Presidente de la República y Licenciado Manuel
Centeno Cantillano, Secretario de la Presidencia de la República,
que autoriza, resolvieron dictar el siguiente decreto:
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
En Consejo de Ministros,
Considerando:
Que la crisis internacional, provocada principalmente por los
acontecimientos del Irán, puede afectar los suministros normales de
petróleo, para atender las demandas de energéticos en el país, lo
cual ya se ha hecho sentir en otros países del área de Centro
América.
Considerando:
Que se puede aprovechar en beneficio de la economía el mayor número
de horas luz que tiene Nicaragua durante el próximo
trimestre.
Decreta:
Primero.- Adelántase en una hora la hora nacional que rige
en todo el territorio de la República.
Segundo.- Este Decreto tendrá vigencia desde las
veinticuatro horas del día sábado 17 de marzo, hasta las
veinticuatro horas del domingo 24 de junio del corriente año.
Comuníquese: Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los
catorce días del mes de marzo de mil novecientos setenta y nueve-
(f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- El Ministro de
la Gobernación, (f) J. Antonio Mora R.- El Ministro de
Relaciones Exteriores, por la Ley, (f) Harry Bodán Shields.-
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, (f) Samuel Genie
A.- La Ministra de Educación Pública, (f) María Helena de
Porras.- El Ministro de Economía, Industria y Comercio, (f)
Róger Blandón V.- El Ministro de Obras Públicas, (f) Luis
Valle O.- El Ministro de Defensa, (f) Guillermo Noguera
Z.- El Ministro de Salud Pública, (f) Edmundo Bernheim
Espinosa.- El Ministro de Agricultura y Ganadería, (f) Klaus
Sengelmann.- El Ministro de Trabajo, (f) Justo García
Aguilar.- El Secretario de la Presidencia de la República,
(f) Manuel Centeno C.
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