Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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ACUERDO POR EL CUAL SE DISPONE
LA PERSECUCIÓN DEL CONTRABANDO DE AGUARDIENTE
DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 21 de Agosto de 1893
Publicado en La Gaceta No. 61 del 23 de Agosto de 1893
Siendo conveniente promover por todos los medios posibles la
persecución activa del contrabando de aguardiente, cuyo desarrollo
en la actualidad ha tomado proporciones gravemente nocivas para la
renta de esta especie.
DECRETA:
1º.- El aguardiente que se decomise á los contrabandistas,
pertenecerá en un todo á los aprehensores. Si para ejecutar el
decomiso hubiere habido denuncia, la especie se distribuirá por
mitad entre los denunciantes y los aprehensores.
2º.- El Gobierno pagará á éstos el aguardiente decomisado, al mismo
precio que reconozca por galón en el respectivo Departamento, al
contratista abastecedor.
3º.- El presente decreto comenzará á regir desde su publicación; y
por el queda derogada toda disposición que se le oponga.
Comuníquese Managua, 21 de Agosto de 1893 J. S. Zelaya
P. Balladares A. J. Ortiz El Ministro de Hacienda
Leonardo Lacayo.
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