Acuerdo De Cooperacion Tecnica Entre El Gobierno De La Republica De Nicaragua Y La Secretaria General De La Organizacion De Los Estados Americanos Para La Ejecucion Del Estudio De La Region Atlantica Norte
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
-
ACUERDO DE COOPERACIÓN TÉCNICA
ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA SECRETARIA
GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS PARA LA
EJECUCIÓN DEL ESTUDIO DE LA REGIÓN ATLÁNTICA NORTE
De 15 de noviembre de 1978
Publicado en La Gaceta No. 12 de 15 de enero de 1979
El Presidente de la República,
Acuerda:
Primero: Aprobar el "ACUERDO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA SECRETARÍA GENERAL DE LA
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS PARA LA EJECUCIÓN DEL
ESTUDIO DE LA REGIÓN ATLÁNTICA NORTE", suscrito por el Embajador de
Nicaragua y Representante ante la Organización de los Estados
Americanos, Doctor Guillermo Sevilla Sacasa, y el señor Embajador
Alejandro Orfila, Secretario General de Dicha Organización, el 15
de noviembre próximo pasado, en la ciudad de Washington, D.C.,
Estados Unidos de América.
Segundo:
Publicar dicho Acuerdo en "La Gaceta", Diario Oficial.
Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, uno de
diciembre de mil novecientos setenta y ocho.- A. Somoza.- El
Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Julio
C. Quintana".
Acuerdo de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República de
Nicaragua y la Secretaría General de la Organización de los Estados
Americanos para la Ejecución del Estudio de la Región Atlántica
Norte
Considerando:
Que el Gobierno de la República de Nicaragua, solicitó y recibió de
la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos,
la provisión de Cooperación Técnica para la ejecución del Programa
de Descentralización y Desarrollo de la Región del Pacífico.
Que la orientación mantenida por el Gobierno de la República de
Nicaragua, tendiente al desarrollo integrado de regiones considera
indispensable la ejecución de un estudio de la Región Atlántica
Norte cuyo objetivo era elaborar un programa de desarrollo
económico y social de la región, acorde con las prioridades
nacionales de desarrollo.
Que el Gobierno de la República de Nicaragua solicitó a la
Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos,
cooperación técnica para la preparación de dicho programa de
desarrollo de la Región Atlántica Norte.
Que el Gobierno de la República de Nicaragua, a través del Consejo
Nacional de Planificación ha convenido en participar en el Estudio,
en el uso futuro de sus resultados, en la promoción de las
actividades del desarrollo y en la coordinación de la
implementación de los proyectos derivados del Estudio.
Que la Secretaría General de la Organización de los Estados
Americanos ha considerado dicha solicitud con el mayor interés y
consecuentemente, envió una misión preliminar a la República de
Nicaragua que produjo, conjuntamente con la Dirección Ejecutiva de
Catastro e Inventario de Recursos Naturales del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio, un informe titulado "Estudio de la
Costa Atlántica, primera fase: Región Atlántica Norte", documentos
que ha permitido concluir que sería de la mayor importancia la
ejecución de un estudio para el desarrollo de la Región Atlántica
Norte.
Por Tanto:
El Gobierno de la República de Nicaragua, en adelante denominado el
"Gobierno", por una parte, representado por el Excmo., Señor
Guillermo Sevilla Sacasa, Embajador, Representante Permanente de
Nicaragua ante la Organización de los Estados Americanos y la
Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos en
adelante denominada la "Secretaría General", por otra parte,
representada por su Secretario General, Señor Alejandro Orfila, han
convenido en suscribir el siguiente.
Acuerdo:
Artículo I.- El Gobierno y la Secretaría General, convienen
en ejecutar un Proyecto destinado a orientar el desarrollo social y
económico de la Región Atlántica Norte, que se denominará:
Desarrollo de la Costa Atlántica, primera fase: Región Atlántica
Norte.
Artículo II.- Los términos de referencia del Proyecto se
ajustarán a los siguientes:
Objetivos:
El Programa de Acción formulado por el Proyecto deberá constituirse
en una guía para la toma de decisiones por parte de los organismos
oficiales ejecutores de la política del Gobierno en la Región
Atlántica Norte, especialmente para la preparación de los distintos
presupuestos de los Ministerios y Organismos del Estado en lo que
toca a dicha región, así como para la formulación de políticas y
otros medios de acción del sector público. Así mismo servirá de
marco de referencia a la acción del sector privado, indicándole las
prioridades regionales y encausando la ejecución del proyecto de
desarrollo por medio de incentivos especiales de carácter fiscal y
financiero.
Dentro de este marco de referencia, el Proyecto presentará los
siguientes resultados:
a) Inventario y evaluación del potencial de desarrollo de la región
que incluye sus recursos humanos, naturales y económicos;
b) Establecimiento de una estrategia de desarrollo regional acorde
con las prioridades nacionales de desarrollo;
c) preparación de propuestas concretas para el desarrollo regional
en las zonas y los sectores que se identifiquen como
prioritarios;
d) Establecimiento de un programa de inversiones y presentación de
las medidas de políticas queridas para llevar a cabo el desarrollo
regional propuesto.
Artículo III.- Para alcanzar los objetivos mencionados, el
Proyecto se ejecutará de acuerdo al siguiente Programa
Técnico:
1. Orientación del proyecto.
La Región Atlántica Norte comprende la parte del Departamento de
Zelaya, situada al Norte del Río Kurinwás; está habitada por
diferentes grupos técnicos que vive en forma dispersa; dada la
extensión de la región, la densidad demográfica es baja.
La producción regional consiste básicamente en actividades de tipo
extrativo.
En la región impera un Clima Tropical de Selva; los suelos son
típicos de aquellos que se forman en condiciones tropicales húmedas
y son de moderada fertilidad.
Se estima que la región tiene importantes potenciales de desarrollo
en muchos casos con apreciables ventajas comparativas con respecto
al país, especialmente en lo referente a los recursos hidráulicos,
forestales, pesqueros y mineros y en grado menor en lo que ataña a
los recursos agropecuarios.
Un hecho de gran significado a corto plazo lo constituye las
carreteras actualmente en construcción entre la Región Interior
Norte y Siuna. Al permitir un tráfico permanente, dichas carreteras
unirán definitivamente la Región Atlántica Norte, con el resto del
país, y originarán, con altas probabilidades, un proceso de
colonización.
Dada esta problemática regional, el Proyecto se orientará hacia la
preparación de programas, proyectos y políticas que permitan:
i) Hacer partícipe del proceso de desarrollo a las poblaciones
indígenas y a los colonos inmigrantes respetando sus valores
culturales y étnicos;
ii) Lograr una Convivencia social armónica entre los distintos
grupos poblacionales, y elevar sus niveles de vida;
iii) Organizar un proceso de uso y ocupación del espacio, ampliar y
diversificar la base económica regional y la transformación de la
producción regional dentro de un marco de preservación y manejo
adecuado de los recursos y del medio ambiente;
iv) Fomentar la integración física, económica y social de la región
al resto del país.
Un aspecto importante del Proyecto consistirá en el adiestramiento
del personal técnico nacional de contrapartida, en aspectos de
planificación del desarrollo regional, formulación de proyectos de
desarrollo y utilización y conservación de los recursos naturales,
a fin de capacitarlos para la ejecución de trabajos similares en el
futuro y para la implementación de las recomendaciones del
Proyecto.
2. Organización de los trabajos
El Proyecto "Estudio de la Costa Atlántica, primera fase, Región
Atlántica Norte", se ejecutará según las siguientes etapas:
Etapa I:
Inventario integral y evaluación de los recursos naturales.
Etapa II:
Acopio de informaciones socio-económicas, encuestas en el campo,
establecimiento del diagnóstico estructural, preparación del
Informe Preliminar.
Etapa III:
Diseño de una estrategia, formulación de programas y proyectos,
preparación del Informe Final.
3. Actividades.
Las actividades definitivas del Proyecto serán establecidas en el
Plan de Trabajo que deberán preparar los Codirectores del Proyecto
previstos en el Artículo IV, dentro de los lineamientos
especificados a continuación:
Etapa I
En esta etapa, se realizará el inventario integrado y la evaluación
de los recursos naturales de la región a nivel de reconocimiento,
lo cual contemplará: el estudio de los parámetros climáticos; la
recopilación de datos geológicos y mineros; la zonificación
bioclimática; el levantamiento de suelos; la identificación del
potencial forestal; el estudio de los pastos; la determinación del
uso actual y potencial de la tierra; las características
hidrológicas superficiales y subterráneas; el potencial de áreas
silvestre y vida silvestre; la descripción de los recursos
pesqueros; y evaluación de las actividades mineras, forestales y
pesqueras.
La Secretaría General, preparará en la Sede el Mapa Básico y lo
enviará al Proyecto.
Etapa II
En esta etapa se consideran un conjunto de actividades de
recolección y procesamiento de datos básicos socio-económicos para
luego proceder a la formulación de un diagnóstico que comprenda: la
estimación del potencial de desarrollo regional, el estudio de la
actividad agropecuaria, la estimación de los obstáculos y factores
negativos que actúa como frenos al desarrollo, la determinación de
zonas y sectores prioritarios, la proposición de criterios para
seleccionar alternativas de desarrollo; y una primera lista de
ideas de proyectos.
Esta etapa concluirá con la redacción de un Informe Preliminar que
comprenda las principales conclusiones y recomendaciones del
diagnóstico; el informe será presentado a la Comisión Ejecutiva del
Proyecto, propuesta en el Artículo IV, y al Comité de Programación
del Programa de Desarrollo Regional de la Secretaría General, con
el propósito de obtener su aprobación e incluir sus observaciones
en la etapa siguiente del proyecto.
Etapa III
Esta etapa incluye las siguientes fases:
Fase 1: Estudio de alternativas de desarrollo, fijación de
objetivos específicos por zonas y sectores prioritarios, diseño de
una estrategia con sus correspondientes programas y proyectos a
nivel de identificación.
Fase 2: Formulación y evaluación a nivel de prefactibilidad de los
proyectos de desarrollo previamente seleccionados por el Gobierno;
establecimiento de un programa de acción para un período de cinco
años que incluya un calendario de inversiones y su correspondiente
financiamiento y las medidas de políticas requeridas.
Fase 3: Presentación al Gobierno, de las principales propuestas del
Proyecto y redacción y entrega del borrador del Informe Final a la
Comisión Ejecutiva.
4. Personal
Siendo el propósito del Gobierno y la Secretaría General, la
utilización máxima y racionalizada de los recursos técnicos y de
todo tipo disponibles en el país, se buscará la participación
directa y activa de los organismos nacionales durante todas las
etapas del Estudio en las materias de sus respectivas
especialidades. Para ello, el Gobierno, compromete la oportuna
cooperación y participación de sus organismos.
4. 1 Unidad Técnica
Los técnicos nacionales e internacionales que participarán en el
Estudio, integrarán la Unidad Técnica del Proyecto la cual
incluirá: una Unidad Básica de Coordinación para el desarrollo de
las tareas de integración y la compatibilización de los aportes
parciales, y Equipos Técnicos Especializados para el desarrollo de
fases o temas específicos del Estudio.
La organización de los Equipos Técnicos Especializados considerarán
las estructuras administrativas existentes, procurando utilizar
como base los recursos técnicos disponibles en los diversos
organismos nacionales bajo las formas de Unidades de Proyectos,
Divisiones de Estudio, Direcciones de Planificación u otras. Sin
embargo, cuando las condiciones así lo requieran estos Equipos
Técnicos podrán organizarse como equipos y/o comisiones
pluri-institucionales de tipo interdisciplinario.
4. 2 Personal del Gobierno
4. 2. 1 Personal Profesional
El aporte mínimo de contrapartida nacional en lo que respecta a
personal profesional de tiempo completo incluirá:
a) Personal Profesional Permanente:
-El Director Nacional del Proyecto;
-El personal de la Unidad de Coordinación Básica a ser suministrado
por la Dirección de Planificación Nacional; un economista, un
ingeniero civil y un sociólogo;
b) Personal Profesional para etapas o aspectos específicos;
-El Equipo Técnico Especializado de Recursos Naturales, a ser
suministrado por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio
(MEIC): nueve especialistas durante la Etapa I y cinco
especialistas durante las Etapas II y III del Estudio;
-Otros Equipos Técnicos Especializados a definir según los
requerimientos del Programa de Trabajo aprobado por la Comisión
Ejecutiva.
El aporte mínimo total del Gobierno, será de 276 meses/hombre de
nivel profesional distribuidos así: 159 meses/hombre en 1978; y 117
meses/hombre en 1979.
4. 2. 2. Personal sub-profesional de apoyo
El Proyecto contará con los servicios de una sección de dibujo con
cinco dibujantes, proporcionados por la Dirección Ejecutiva de
Catastro (CATASTRO).
Además, cada organismo nacional comprometido en el Estudio aportará
los servicios sub-profesionales de apoyo requeridos a su
participación.
El aporte mínimo total del Gobierno, será de 237 meses/hombre de
nivel sub-profesional distribuidos así: 128 meses/hombres en 1978;
y 109 meses/hombre en 1979.
4. 2. 3 Personal de apoyo administrativo y logístico
El personal de apoyo administrativo y logístico requerido para la
buena marcha del Proyecto será aportado por el Gobierno, incluirá
secretarias dactilógrafas, auxiliares administrativos y
choferes.
4. 3 Personal de la Secretaría General
La Secretaría General, contribuirá con un total de 52 meses/hombre
en asistencia técnica directa dentro de campos de especialización
tales como planificación regional, desarrollo de los recursos
hidráulicos, forestales y pesqueros, ecología, manejo de suelos,
economía regional, planificación agropecuaria, aspectos sociales
relacionados con el desarrollo de programas de colonización, e
identificación y formulación de proyectos de desarrollo a nivel de
prefactibilidad.
Se estima la distribución de la asistencia de la Secretaría
General, entre las etapas en la siguiente forma: Etapa I: 22% -
Etapa II: 21% - Etapa III: 57%.
Se constituirá en la Sede del Programa de Desarrollo Regional de la
Secretaría General, un grupo de revisión técnica integrado por un
planificador regional, un economista agrícola, especialistas en
recursos naturales, ecología y desarrollo social e institucional.
Este grupo, mediante la prestación de 6 meses/hombre de trabajo,
estará a cargo del seguimiento y apoyo técnico a las actividades
que realizarán los distintos consultores enviados en misión a
Nicaragua:
La dirección y supervisión de los consultores enviados a Nicaragua,
estará a cargo del Programa de Desarrollo Regional de la Secretaría
General, el cual prestará en la Sede y en Nicaragua un total de 4
meses/hombre de dirección técnica.
Por otra parte, el Programa de Desarrollo Regional dará un apoyo de
4 meses/hombre en aspectos cartográficos y editoriales de los
informes elaborados por la Unidad Técnica.
5. Otros aspectos
En lo que se refiere a adiestramiento, la Secretaría General
proporcionará dos Cursos Nacionales del Centro Interamericano de
Desarrollo Integral de Recursos y Tierras (CIDIAT) sobre desarrollo
integrado de recursos de aguas y tierras, un Curso Nacional del
Centro Interamericano de Desarrollo Regional (CINDER), sobre
implementación del desarrollo regional y, con el mismo propósito
otorgará becas de capacitación del personal nacional para estudios
en el extranjero.
El Gobierno, a través de los Organismos del Estado que participarán
en el Proyecto, asumirá los gastos de transporte y viáticos del
personal nacional suministrado por cada institución, cuando éste
deba trasladarse al campo para el cumplimiento de sus funciones.
Así mismo, el Gobierno correrá con los gastos de transporte y
viáticos del personal internacional de acuerdo a la escala que
tiene la Dirección de Planificación Nacional para Jefes de
División, únicamente en el caso del personal asignado en forma
permanente al Proyecto, cuando deba trasladarse con carácter
oficial a la región.
El Gobierno suministrará espacio funcionalmente distribuido para
oficinas, las que estarán debidamente equiparadas con máquinas de
escribir, calculadoras eléctricas, así como con los materiales y
útiles de trabajo para todo el personal asignado al proyecto tanto
nacional como internacional, incluyendo materiales, equipos de
dibujo y servicios rápidos de reproducción.
El Gobierno, a través de la Dirección Nacional de Planificación
suministrará en forma permanente espacio funcional para oficinas
debidamente equiparadas, material y útiles de trabajo, servicios de
secretaría y reproducción para los directores nacional e
internacional y para la Unidad Básica de Coordinación del
Proyecto.,
El Gobierno, a través de Catastro, pondrá a disposición permanente
de la Unidad Técnica seis vehículos de campo de los cuales por lo
menos tres estarán a disposición de la Misión Internacional de
Asistencia Técnica de la Secretaría General, así como otros medios
de movilización según las necesidades del Proyecto, encargándose de
sus gastos de operación y mantenimiento.
6. Cronograma
La Secretaría General, está en condiciones de iniciar su
participación en el Proyecto en la fecha en que el presente Acuerdo
entre en vigor. La duración del Proyecto se estima en un total de
24 meses.
La Etapa I iniciada por el Gobierno en enero de 1978, tendrá una
duración aproximada de 15 meses estimándose su terminación en marzo
de 1979. La Etapa II se inició en agosto de 1978 y se desarrollará
paralelamente a la Etapa I, estimándose su terminación en mayo de
1979, con la elaboración del Informe Preliminar. La Etapa III se
iniciará en junio de 1979, previéndose su terminación en diciembre
del mismo año.
El Proyecto llega a su término con la entrega del borrador del
Informe Final a la Comisión Ejecutiva del Proyecto propuesta en el
Artículo IV.
7. Costos
El aporte mínimo del Gobierno se estima en un total de C$3.996,00
lo cual comprende: C$1.459,000 para 276 meses/hombre profesionales,
C$420,000 para 237 meses/hombre del personal sub-profesional,
1.338,000 para el personal administrativo y de apoyo y gastos
administrativos generales, C$779,000 para viáticos, pasajes aéreos,
transporte, gastos de campo, y adquisición de equipo.
El aporte total de la Secretaría General, se estima en US$274,700
en los años fiscales 1978-1979. Con esa suma se suministrará la
asistencia técnica directa, el apoyo técnico y operativo y el
adiestramiento mencionado.
Artículo IV.- Para la ejecución de las actividades del
presente Proyecto se establecen las siguientes disposiciones sobre
la Conducción, la responsabilidad de las partes y las condiciones
de evaluación y control del mismo:
1. Conducción del Proyecto
Para la conducción del Proyecto se establecerá una Comisión
Ejecutiva y dos Codirectores de la Unidad Técnica descrita en el
Artículo III.
La Comisión Ejecutiva estará integrada, por parte del Gobierno, por
los miembros del Consejo Nacional de Planificación o sus
representantes, y por parte de la Secretaría General, por el
Director del Programa de Desarrollo Regional o su
representante.
Los Codirectores de la Unidad Técnica serán el Director Nacional
nombrado por el Gobierno, a través del Consejo de Planificación y
el Director Internacional del Proyecto designado por la Secretaría
General, previa consideración del Gobierno.
2. Funciones de Evaluación y Control
Las funciones de la Comisión Ejecutiva serán las siguientes:
i) Ser responsable de la formulación general del Proyecto y de la
aprobación y ejecución del Plan de Trabajo; revisar periódicamente
los progresos en el cumplimiento de dicho plan y adoptar las
decisiones necesarias para asegurar la ejecución exitosa del
mismo;
ii) Establecer los criterios para selección de objetivos
prioritarios, estrategias y proyectos; incorporar a las agencias
nacionales de promoción, financiamiento y ejecución de proyectos en
las fases del Proyecto relativas a diseño de estrategias y
formulación y evaluación de programas de desarrollo; y asegurar e
forma general una adecuada coordinación con los demás organismos
del Gobierno que tienen injerencia en el desarrollo de la Región
Atlántica Norte;
iii) Establecer los mecanismos adecuados para vincular el programa
de desarrollo regional propuestos con el presupuesto
nacional;
iv) Conocer y aprobar el Informe Preliminar y el Informe Final del
Proyecto elaborados por la Unidad Técnica;
v) Asignar a los Directores Nacional e Internacional la
responsabilidad de cumplimiento de las distintas etapas del
Proyecto.
Los Codirectores actuarán conjuntamente en el cumplimiento de las
responsabilidades asignadas por la Comisión Ejecutiva. Por
consiguiente, ambos tendrán a su cargo la preparación detallada de
la metodología y del Plan de Trabajo para someterlos a la
aprobación de la Comisión Ejecutiva; deberán desarrollar
conjuntamente las distintas fases del Proyecto y efectuar una
adecuada coordinación de las actividades para asegurar su ejecución
efectiva, manteniendo permanentemente informada a la Comisión
Ejecutiva.-
Las funciones específicas de los dos Directores serán las
siguientes:
El Director Nacional deberá:
a) Supervisar, conjuntamente con el Director Internacional, las
actividades de la Unidad Técnica;
b) Orientar, organizar y dirigir al personal nacional de
contrapartida, evaluar sus informes y asegurar su integración a las
actividades conjuntas de la Unidad Técnica;
c) Coordinar los servicios de apoyo administrativo y logístico
prestados por el Gobierno y responsabilizarse por la utilización de
los recursos provenientes del Gobierno;
d) Presentar, junto con el Director Internacional los informes del
proyecto.
El Director Internacional deberá:
a) Orientar, organizar y dirigir la Misión de Asistencia Técnica de
la Secretaría General. En particular, y en consulta con el Director
Nacional, preparará conjuntamente con los funcionarios y
consultores de la Secretaría General, sus planes detallados de
trabajo, controlará y coordinará sus tareas, evaluará sus informes
finales y asegurará su integración a las actividades conjuntas de
la Unidad Técnica;
b) Supervisar conjuntamente con el Director Nacional, las
actividades de la Unidad Técnica;
c) Ser responsable por los equipos, fondos y contratos a cargo de
la Secretaría General;
d) Establecer los contactos con las autoridades nacionales que
estime necesarios para la buena marcha del Proyecto, informando
sobre ellos al Director Nacional.
En relación a los informes del Proyecto, los Codirectores
prepararán conjuntamente los informes de progreso que sean
requeridos, los cuales serán sometidos a la Comisión Ejecutiva, con
suficiente antelación a la reunión de la Comisión. Estos informes
serán acompañados de los informes por áreas de actividad preparados
hasta la fecha.
Los Codirectores prepararán un Informe Preliminar al término de la
segunda etapa del Proyecto, el cual será revisado y analizado por
la Comisión Ejecutiva y otras entidades vinculadas con el Proyecto
para definir la orientación a seguir en la tercera etapa.
La Comisión Ejecutiva, con el objeto de facilitar la preparación
del Informe Final, acordará su índice y contenido general, con
suficiente anticipación a la preparación del mismo. Los
Codirectores tendrán la responsabilidad de la preparación del
borrador del Informe Final, el cual será entregado a la Comisión
Ejecutiva para su aprobación. La Comisión Ejecutiva, dentro de un
plazo de sesenta días hará la revisión del borrador del Informe
Final. Una vez que este borrador haya sido aprobado, será entregado
oficialmente al Gobierno. El Gobierno, publicará por su cuenta una
edición preliminar de cien ejemplares de dicho Informe y la edición
abreviada del Informe Final será responsabilidad de la Secretaría
General, quien se encargará de su revisión y publicación.
3. Responsabilidad de las partes
La Secretaría General, será responsable de suministrar el aporte al
Proyecto especificado en el Artículo III, párrafo 4 acápite 3, y
párrafos 5 y 7.
La Secretaría General, proporcionará al Gobierno, las informaciones
relacionadas con los antecedentes y funciones de los expertos
internacionales con suficiente anticipación a su llegada al país, a
fin de que el Gobierno disponga de un plazo adecuado para su
consideración y la asignación de los especialistas nacionales de
contrapartida.
El Gobierno será responsable de suministrar el aporte al Proyecto
especificado en el Artículo III, párrafo 4 acápite 2), y párrafos 5
y 7.
El Gobierno reconoce al Proyecto y a personal internacional que
colabore en la realización del mismo, de conformidad con lo
dispuesto en los Artículos 139, 140 y 141 de la Carta de la
Organización de los Estados Americanos, y el Acuerdo sobre
Privilegios e Inmunidades de la Organización de los Estados
Americanos publicado en "La Gaceta", Diario Oficial de Nicaragua
No. 22 del 26 de enero de 1961, los mismos derechos, franquicias,
facilidades, privilegios e inmunidades de que gozan en Nicaragua la
Organización de los Estados Americanos, la Secretaría General, y la
Oficina de ésta en Nicaragua.
Artículo V.- 1. Condiciones generales
La Comisión Ejecutiva podrá solicitar, de ser necesario, con
suficiente anticipación al Gobierno y a la Secretaría General, la
modificación y/o ampliación del contenido y el período de vigencia
del presente Acuerdo, a fin de que puedan ejecutarse los trabajos
complementarios destinados a poner en marcha las recomendaciones
presentadas por la organización de este Proyecto.
El Gobierno, acepta la responsabilidad civil por los daños y
perjuicios que puedan causarse por el desarrollo normal de las
actividades programadas en el presente Acuerdo y libera de
responsabilidad por estas causas, a la Organización de los Estados
Americanos; al Secretario General, a la Secretaría General y a su
personal internacional y becarios en relación con el desarrollo de
tales actividades.
Las partes aceptan que las modificaciones de sus respectivos
presupuestos o la no aprobación de los mismos por el órgano
competente del Gobierno y/o por los órganos competentes de la
Organización de los Estados Americanos, así como cualesquiera otras
limitaciones financieras imprevistas, modifican o cancelan, en su
caso, las obligaciones que por este Acuerdo adquieren tanto la
Secretaría General como el Gobierno.
Este Acuerdo podrá ser modificado en todo o en parte o rescindido,
en cualquier momento, de común acuerdo de las Partes
Contratantes.
El presente Acuerdo entrará en vigor, una vez que haya sido
suscrito por los representantes de las Partes y terminará el 31 de
diciembre de 1979, de conformidad con lo establecido en el Artículo
III 6.
En fe de lo cual, los representantes de las Partes Contratantes
debidamente autorizados para hacerlo, suscriben el presente Acuerdo
en dos ejemplares de un mismo tenor, uno para cada parte, en la
ciudad de Washington, D.C., a los quince días del mes de noviembre
de mil novecientos setenta y ocho.
Por el Gobierno
Dr. Guillermo Sevilla Sacasa, Embajador Representante Permanente de
Nicaragua ante la Organización de los Estados Americanos.
Por la Secretaría General
Sr. Alejandro Orfila, Secretario General de la Organización de los
Estados Americanos.
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