Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE
NICARAGUA Y FRANCIA
Decreto No. 985 de 2 de marzo de 1982
Publicado en La Gaceta No. 56 de 9 de marzo de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
Considerando:
1.- Que el Embajador de Nicaragua, Doctor Alejandro Serrano
Caldera, suscribió en París el 16 de octubre de 1981, con el
Ministro de Relaciones Exteriores de Francia, señor Claude
Cheysson, un Acuerdo de Cooperación entre los dos países.
2.- Que por dicho Acuerdo se incrementará grandemente la
cooperación que el Gobierno de Francia presta a Nicaragua para su
reconstrucción, haciendo realidad una cooperación global a largo
plazo en sectores prioritarios seleccionados, contando para ello
con los recursos financieros necesarios.
POR TANTO:
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Aprobar y ratificar el Acuerdo de Cooperación
entre Nicaragua y Francia, suscrito en la ciudad de París el 16 de
octubre de 1981 por el Embajador de Nicaragua, Doctor Alejandro
Serrano Caldera y el Ministro de Relaciones Exteriores de Francia,
señor Claude Cheysson.
Artículo 2.-Comunicar dicha aprobación al Ilustrado Gobierno
de Francia por conducto del Ministerio del Exterior.
Artículo 3.-El presente Decreto rige a partir de la fecha de
su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta".
Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua Libre, a los dos días del
mes de marzo de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad
Frente a la Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdova Rivas.
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