Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
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ACLÁRESE VISTO PRIMERO DE
DECRETO No.14 DE 8 MARZO DE 1971, RELATIVO A LA FABRICACIÓN DE
ZAPATOS
Decreto No. 70 del 10 de marzo de 1971
Publicado en La Gaceta No. 263 del 19 de noviembre de 1971
El Presidente de la República,
En uso de sus facultades que le confiere el Convenio
Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial y
la
Ley de Protección y Estímulo al Desarrollo Industrial.
Vistos:
Único:
La solicitud presentada por la firma "Balseiro Córdoba y Cía.
Ltda.", para que, de conformidad con el Convenio Centroamericano de
Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial y de acuerdo con la
Ley de Protección y Estímulo al Desarrollo Industrial, se emita
Decreto Aclaratorio en el sentido de que su Decreto de
Clasificación No.14 del 8 de Marzo de 1971, publicado en "La
Gaceta" No.70 del 24 de Marzo de 1971, protege, además de la
producción de zapatos de todo tipo de cloruro de polivinilo (PVC),
la fabricación de calzado de cuero y telas con suelas de
plástico.
Considerando:
Que la Comisión Consultiva de Desarrollo Industrial ha emitido
su dictamen recomendando la ampliación solicitada.
Que la emisión del Decreto solicitado es procedente en vista de
que los artículos con los cuales ampliará su producción la Planta
Industrial en referencia, corresponden a la misma rama industrial
para la cual se otorgó protección.
Que existen plantas similares en Centroamérica que se encuentran
protegidas para la fabricación de todo tipo de calzado.
Por Tanto:
De conformidad con las antes citadas leyes.
Decreta:
Artículo 1.-Aclárese el Visto Primero del Decreto No.14 del
8 de marzo de 1971, publicado en "La Gaceta" No.70 del 24 de Marzo
de 1971, en el sentido de que protege, además de la producción de
zapatos de todo tipo de cloruro de polivinilo (PVC), la fabricación
de calzado de cuero y telas con suelas de plástico.
Artículo 2.-Publíquese el presente Decreto en "La Gaceta",
Diario Oficial para que surta efectos desde la fecha de su
publicación.
Dado en Casa Presidencial. - Managua, Distrito. Nacional., a los
diez días del mes de Noviembre de mil novecientos setenta y uno.-
A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Juan José
Martínez L., Ministro de Economía, Industria y Comercio.- (f)
Gustavo Montiel B., Ministro de Hacienda y Crédito
Público".
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