Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Decretos Ejecutivos
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ACLÁRESE DECRETO NO. 12-DRN DE
27 DE JUNIO 1973 RELATIVO A EXPLOTACIÓN DE MINERALES
DECRETO NO. 26-DRN, Aprobado el 21 Febrero de 1974
Publicado en La Gaceta No. 67 del 20 de Marzo de 1974
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO
En uso de las facultades que le confieren la Ley General sobre
Explotación de las Riquezas Naturales y la Ley Especial sobre
Exploración y Explotación de Minas y Canteras,
Vistos:
Primero: El escrito presentado por la "Neptuno Mining
Company", en el que solicita que se incluyan los Minerales CADMIO Y
PLOMO en la lista de minerales autorizados para explotación en la
concesión que le fue otorgada por Decreto No. 12-DRN del 27 de
Junio de 1973.
Segundo: El Decreto No. 12-DRN antes citado que autoriza a
la solicitante para explotar los minerales de Oro, Plata, Cobre y
Zinc.
CONSIDERANDO:
Que el Arto. 42 de la Ley General sobre Explotación de las Riquezas
Naturales, establece que los concesionarios de explotación, no
podrán explotar las áreas otorgadas sino en relación exclusiva con
las riquezas naturales indicadas expresamente en su
concesión;
Que la solicitante ha encontrado mezclados en estado de conexidad
con el oro, la plata y el zinc, los minerales de cadmio y plomo
citados en el Visto Primero que antecede;
Que para la legal explotación de los minerales de Cadmio y Plomo,
es procedente el otorgamiento de lo solicitado.
POR TANTO:
De conformidad con las leyes antes citadas,
DECRETA:
Artículo 1º.- Aclárese el Decreto No. 12-DRN del 27 de Junio
de 1973, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 211 del 22 de
Septiembre de 1973, en el sentido de que entre los minerales
autorizados para explotación en él detallados, deben leerse los
minerales de Cadmio y Plomo.
Artículo 2º.- Cópiese el presente Decreto y líbrese
Certificación del mismo a "Neptuno Mining Company", para guarda de
sus derechos y publíquese en su oportunidad en el Diario Oficial
"La Gaceta", por cuenta del interesado.
Comuníquese: Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los
veintiún días del mes de Febrero de mil novecientos setenta y
cuatro. JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. (f) R. MARTÍNEZ L. (f) E.
PAGUAGA IRÍAS. (f) A. LOVO CORDERO. Doy fe: (f) Luis Valle
Olivares, Secretario. Juan José Martínez L. Ministro de
Economía Industria y Comercio.
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