Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
-
ACEPTACIÓN DE LOS ANEXOS XI Y
XII DEL CONVENIO MULTILATERAL SOBRE COOPERACIÓN Y
ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS DIRECCIONES NACIONALES DE
ADUANA
Decreto No. 473 de 25 de Octubre de 1989
Publicado en La Gaceta No.246 de 28 de Diciembre de 1989
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO:
I
Que el Gobierno de la República de Nicaragua suscribió en la ciudad
de México, Estados Unidos Mexicanos, el Convenio Multilateral sobre
Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de
Aduanas.
II
Que la cooperación y Asistencia Mutua entre las Administraciones
Aduaneras, ha demostrado ser un instrumento útil para alcanzar
diversos objetivos en favor del incremento y desarrollo del
comercio internacional y facilitación del transporte,
Por Tanto:
En uso de las facultades que le confiere el Artículo 150
Cn.
DECRETA:
Arto. 1.- Aceptar los Anexos XI y XII del Convenio
Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las
Direcciones Nacionales de Aduana, denominados "Acción Contra
Delitos Aduaneros que Recaen sobre Estupefacientes y Sustancias
Sicotrópicas" y "Acción Contra Delitos Aduaneros que Recaen sobre
Objetos de Arte y Antigüedades y otros Bienes Culturales", que
forman parte integrante del Convenio y de este Decreto.
Arto. 2.- Notificar a la Secretaría Permanente del Convenio
Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las
Direcciones Nacionales de Aduana, la aceptación de los anexos a que
se refiere el Artículo anterior.
Arto. 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinticinco días del mes de
Octubre de mil novecientos ochenta y nueve.- "Año del X
Aniversrio.- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la
República.
-