Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Orden Interno
Rango: Decretos Ejecutivos
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ACADEMIA MILITAR
ESTARÁ ADSCRITA AL JEFE DIRECTOR DE LA GUARDIA NACIONAL
"No. 336. Aprobado el
28 de Abril de 1972.
Publicado en La Gaceta No. 93 de 28 de Abril de 1972.
En la Ciudad de Managua, Distrito Nacional, a las cinco horas y
treinta minutos de la tarde del día catorce de Abril de mil
novecientos setenta y dos. Reunidos en Casa Presidencial, en
Consejo de Ministros, los infrascritos señores Doctor Antonio
Coronado Torres, Ministro de la Gobernación; Doctor Lorenzo
Guerrero, Ministro de Relaciones Exteriores; Licenciado Juan José
Martínez L., Ministro de Economía, Industria y Comercio; General de
Brigada GN. Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y Crédito
Público; Ingeniero J. Antonio Mora R., Ministro de Educación
Pública; Ingeniero Alfonso Callejas Deshon, Ministro de Obras
Públicas, General de Brigada GN. Roberto Martínez Lacayo, Ministro
de Defensa; Doctor Alfonso Lovo Cordero, Ministro de Agricultura y
Ganadería; Doctor Rafael Alvarado Sarria, Ministro de Salud
Pública; y Doctor Adolfo Muñiz Otero, Ministro del Trabajo por la
Ley; previa citación del Señor Presidente de la República, General
de División Don Anastasio Somoza, quien preside este Consejo y con
asistencia del Doctor Luis Valle Olivares, Secretario de la
Presidencia de la República, que autoriza, resolvieron dictar el
siguiente Decreto:
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
En uso de las facultades que le confiere el Arto. 3 del Decreto
Legislativo No. 35 de 13 de Noviembre de 1939,
Decreta:
Artículo 1.- Para el mejor funcionamiento de la Academia
Militar de Nicaragua, ésta estará adscrita al Jefe Director de la
Guardia Nacional, quién ejercerá la Dirección y Administración de
ella, delegando en un Oficial de la Guardia Nacional nombrado por
él, las funciones de Director de la Academia Militar de
Nicaragua.
Artículo 2.- Este Decreto regirá desde su publicación en "
La Gaceta ", Diario Oficial.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, catorce
de Abril de mil novecientos setenta y dos. - A. SOMOZA.-
Presidente de la República; El Ministro de la Gobernación.-
Antonio Coronado Torres.- El Ministro de Relaciones
Exteriores.- Lorenzo Guerrero.- Ministro de Economía,
Industria y Comercio.- Juan J. Martínez L.- El Ministro de
Hacienda y C. P.- Gustavo Montiel.- El Ministro de Educación
Pública.- J. Antonio Mora R.- El Ministro de Obras
Públicas.- Alfonso Callejas De shon.- El Ministro de
Defensa.- Roberto Martínez L.- El Ministro de Agricultura y
Ganadería.- Alfonso Lovo C.- El Ministro de Salud
Pública.- Rafael Alvarado Sarria.- El Ministro del Trabajo,
por la Ley.- Adolfo Muñiz Otero.- El Secretario de la
Presidencia de la República.- Luis Valle Olivares".
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