Condolencias Por El Sensible Fallecimiento Del Doctor Virgilio Godoy Reyes

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Declaraciones - CONDOLENCIAS POR EL SENSIBLE FALLECIMIENTO DEL DOCTOR VIRGILIO GODOY REYES DECLARACIÓN J. D. No. 02-2016, Aprobada el 17 de Noviembre de 2016 Publicada en La Gaceta No. 200 del 22 de Noviembre de 2016 LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA NACIONAL, CONSIDERANDO I Que el día de hoy falleció el Doctor Virgilio Godoy Reyes, ejemplo de patriotismo, nacionalismo, honestidad y destacado hombre público que fue electo Vicepresidente de la República en las elecciones del 20 de febrero de 1990, ejerciendo ese cargo hasta el 19 de octubre de 1995, en que fue aceptada su renuncia por la Asamblea Nacional. II Que fue un incansable luchador contra los abusos del somocismo, por lo que sufrió acosos, persecuciones, exilio, vejámenes y cárcel, destacándose como defensor en juicios contra perseguidos políticos, entre ellos a Carlos Fonseca Amador, fundador del FSLN, y al Ingeniero René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. III Que su gran capacidad de trabajo y su sólida educación en las ramas del Derecho y la Sociología, le permitió configurar el Ministerio del Trabajo que estuvo a su cargo con una proyección social definida que ayudó a la transición de las relaciones laborales en el marco de la concordia y equilibrio entre trabajadores y empleadores, de un gobierno dictatorial a la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. IV Que en su carácter de candidato a Presidente de la República en las elecciones de noviembre de 1984, se incorporó en las Comisiones de Trabajo y Seguridad Social y Población y Desarrollo Municipal, Servicios Comunitarios, Reforma Urbana y Asentamientos Humanos durante el primer período constitucional a esta Asamblea Nacional en representación del Partido Liberal Independiente. V Que la Asamblea Nacional aprobó e127 de junio de 2013, el Decreto A. N. N°. 7197, por el que se le otorgó al Doctor Virgilio Godoy Reyes, la Medalla de Honor de la Asamblea Nacional, teniendo el Poder Legislativo el honor de recibir en su sede al Ilustre Ciudadano en Sesión Especial del trece de agosto de 2013 con el objeto de imponerle la Medalla de Honor de la Asamblea Nacional en Oro, por su valía como un prohombre de Nicaragua, ejemplo vivo de patriotismo, nacionalismo, honestidad y destacado hombre en la vida pública del país. Más que político fue un Maestro de su generación y de las generaciones que le siguieron. POR TANTO En uso de las facultades que le otorga el numeral 23 del artículo 43 de la Ley N°. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, DECLARA PRIMERO: La Asamblea Nacional expresa sus condolencias a la familia del Doctor Virgilio Godoy Reyes en este momento de dolor. SEGUNDO: La presente Declaración será entregada a la familia del Doctor Virgilio Godoy Reyes por medio de una delegación de Diputados y Diputadas que se hará presente en las honras fúnebres que se le están rindiendo. TERCERO: Publíquese esta Resolución en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil dieciséis. Lic. Iris Montenegro Blandón, Presidenta por la Ley de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional. -