Restablecimiento De La Convención Con Alemania Y De La Rebaja Del 25% De Los Derechos De Importación Sobre Los Artículos Comprendidos En La Tabla “B”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Circular - RESTABLECIMIENTO DE LA CONVENCIÓN CON ALEMANIA Y DE LA REBAJA DEL 25% DE LOS DERECHOS DE IMPORTACIÓN SOBRE LOS ARTÍCULOS COMPRENDIDOS EN LA TABLA B CIRCULAR ADMINISTRATIVA No. 135, Aprobada el 02 de Marzo de 1925 Publicada en La Gaceta No. 55 del 07 de Marzo de 1925 Señores Administradores de Aduana y otros interesados: 1. La República, por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha renovado el tratado y demás convenios que existían entre Nicaragua y Alemania para un cambio recíproco de preferencias, en los propios términos, condiciones, aplicación e interpretación que tuvieron antes de la Guerra Mundial. 2. En consideración a que Alemania concede a los productos Nicaragüense las mismas ventajas que concede o concederá a los países más favorecidos, Nicaragua concede una rebaja del 25% de los derechos sobre los artículos producidos en Alemania y mencionados en la Tabla B, que se importen a Nicaragua. 3. Esta rebaja se hará a los artículos embarcados en Alemania desde el 1º de marzo de 1925 en adelante. 4. Para gozar de esta rebaja del 25% de los derechos arancelarios, los artículos deben ser producto del suelo o de la industria de Alemania, y para comprobar este requisito será necesario un certificado de origen extendido en la forma establecida por las leyes de Nicaragua. 5. La rebaja del 25% a que se refiere esta Circular será hecha por el Contador Vista al verificar el reconocimiento de la mercadería y la liquidación de los derechos correspondientes. El Recaudador de Aduanas, CLIFFORD D. HAM. -