Rebájese En Un Veinte Por Ciento (20 %) Los Derechos De Exportación Sobre El Café

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Circular - (REBÁJESE EN UN VEINTE POR CIENTO (20 %) LOS DERECHOS DE EXPORTACIÓN SOBRE EL CAFÉ) CIRCULAR Nº 259, Aprobado el 20 de Diciembre de 1939 Publicado en La Gaceta Nº 03 de 04 de Enero de 1940 El PRESIDENTE REPÚBLICA DE NICARAGUA Señores Administradores de Aduana: En la Gaceta Diario Oficial, Nº 277 del martes 19 de diciembre de 1939 fue publicado el decreto legislativo Nº 52 del 14 de Diciembre del mismo año, que dice: DECRETO Nº 52 CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, DECRETAN: Art. 1ºRebájese en un veinte por ciento (20 0/o) los derechos a de exportación sobre el café establecidos en el Art. 1º de la ley de 27 de Septiembre de 1939, Publicada en la Gaceta Nº 217 del 6 de Octubre del año corriente Art 2º La presente ley empezará a regir desde su publicación en La Gaceta y se aplicará a las exportaciones del café procedentes de la cosecha 1939-40 o de remanentes de cosechas anteriores. 2En consecuencia, las Aduanas de la República procederán de conformidad liquidando todo el café que se exporte desde el día 20 de Diciembre corriente con un 20 % menos de los derechos de exportación señalados por el Decreto Legislativo de 27 de Septiembre de 1939, a que se refiere la Circular Administrativa de esta oficina Nº 255 del . de Octubre próximo pando. El Recaudador General de Aduanas y Miembro de la Alta Comisión, IRVING A. LINDREG. -