Decisión Arancelaria Número 195

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Circular - DECISIÓN ARANCELARIA NÚMERO 195 Aprobada el 12 de Diciembre de 1933 Publicada en La Gaceta No. 279 del 21 de Diciembre de 1933 VALOR EN CÓRDOBAS DE MONEDAS EXTRANJERAS Diciembre, 12 de 1933 Señores Administradores de Aduana: 1. Conforme la última declaración oficial de Nueva York y datos de otras fuentes fidedignas, desde el 2 de diciembre de 1933 y hasta nueva orden en contrario, las Aduanas de la República se regirán en la liquidación de derechos aduaneros de las mercaderías embarcadas desde esa fecha, por los siguientes tipos de cambio de monedas extranjeras: PAÍSES UNIDAD MONETARIA TIPO AMERICA Estados Unidos Dollar C$ 1.00 Chile Peso Oro .10 Colombia Peso Oro .6850 Costa Rica Colón .222 Cuba Peso 1.00 Ecuador Sucre .20 Guatemala Quetzal 1.00 Honduras Lempira .50 México Peso Plata .2782 Panamá Balboa 1.00 Perú Sol .2325 Salvador (El) Colón .50 Venezuela Bolívar .193 EUROPA Alemania Marco .3735 Austria Schilling .1775 Bélgica Belga .2180 Checoslovaquia Corona (Crown) .0468 Dinamarca Corona (Krone) .2317 España Peseta .1282 Francia Franco .0614 Gran Bretaña Libra Esterlina 5.185 Holanda Florín .6310 Hungría Pengo .28 Italia Lira .08245 Noruega Corona (Krone) .2607 Suecia Corona (Krona) .2677 Suiza Franco .3032 ASIA China (Hong Kong) Silver Dollar .3794 China (Shangai) Tael .3406 Japón Yen .3081 El Recaudador General de Aduanas por la ley, W. J. CRAMPTON. -