Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Circular
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(CIRCULAR SOBRE EXPORTACIÓN DE
BÁLSAMO DEL PERÚ Y CHICLE O BALATA)
No. 90, Aprobado el 1 de Octubre de 1918
Publicado en La Gaceta No. 225 del 5 de Octubre de 1918
REPÚBLICA DE NICARAGUA
ADMINISTRACIÓN DE ADUANAS MANAGUA
Circular Administrativa No. 90
Señores Administradores de Aduanas:
1.- Para su debido cumplimiento se les trascribe la
siguiente comunicación del señor Ministro de Fomento, fechada,
septiembre 30, 1918.
Estando concesionados los bosques nacionales para la explotación
de los productos llamados Bálsamo del Perú y Chicle o Balata, ruego
a Ud. se sirva dar instrucciones a los empleados de las aduanas de
exigir a los exportadores de dichos productos, una certificación de
los Jefes Políticos, de que tales productos han sido extraídos de
los árboles en terrenos particulares.- (f) Zavala.
2.- Sírvanse acusar recibo.
El Recaudador General de Aduanas, por la ley, IRVING A.
LINDBERG.
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