Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Circular
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CIRCULAR AL COMERCIO.
ADMINISTRACIÓN MARÍTIMA DE SAN JUAN DEL NORTE
CIRCULAR
Publicado en la Gaceta No. 48 del 01 de Diciembre de
1860
Administración marítima de la aduana de San Juan del Norte. San
Cárlos noviembre 10 de 1860.
Habiendo sido mal entendido ó ignorado por muchos el decreto
gubernativo de 16 de junio de 1858 reglamentando la ley de 28 de
mayo anterior, que acuerda varios privilegios a los cosecheros de
café, me veo en la precisión de dirigirme al comercio por medio de
esta circular, anunciándole que de hoy en adelante no permitiré en
la aduana de San Cárlos que se embarque ninguna partida de café que
no vaya asistida de las condiciones y requisitos que exige el
mencionado decreto, los cuales son los siguientes:
Guia del Receptor ó Comisario en cuya jurisdicción se haya
cosechado el café, visada y anotada, con el juramento necesario,
por los Receptores ó Comisarios de todos los pueblos por donde
transiten: justificación completa de que el café que se exporta ha
sido cosechado en la República.
Todas estas piezas deben presentarse en la aduana; en caso
contrario me veré precisado a impedir el embarque en conformidad
del artículo 5° del mencionado decreto. S. Reyes.
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