Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Propiedad
Rango: Acuerdos Presidenciales
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TRANSFORMACIÓN DEL BANCO
HIPOTECARIO EN INSTITUTO DE LA VIVIENDA
ACUERDO No. 12 - V, Aprobado el 30 de Junio de 1959
Publicado en La Gaceta No. 145 del 01 de Julio de 1959
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que se han cumplido debidamente todas las condiciones previstas por
la ley para la transformación del Banco Hipotecario de Nicaragua en
el Instituto Nicaragüense de la Vivienda, por lo cual corresponde
disponer la apertura oficial de las actividades de este Instituto
señalando la fecha en que iniciará sus operaciones;
POR TANTO
Y en uso de sus facultades conforme el Arto. 67 de la Ley Orgánica
del Instituto Nicaragüense de la Vivienda.
ACUERDA
ÚNICO. - Señalar el uno de Julio del presente año para la
apertura oficial de las actividades del Instituto Nicaragüense de
la Vivienda en cuya fecha iniciará sus operaciones correspondientes
a su primer período financiero.
Comuníquese y publíquese. Casa Presidencial, Managua, Distrito
Nacional, treinta de Junio de mil novecientos cincuenta y nueve. -
LUIS A. SOMOZA D. - ENRIQUE DELGADO, Ministro de
Economía.
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