Suscripción Del Memorandum De Entendimiento Entre La República De Nicaragua Y La República Dominicana

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (SUSCRIPCIÓN DEL MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA DOMINICANA) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 418-2002, Aprobado el 28 de Agosto del 2002 Publicado en La Gaceta No. 173 del 12 de Septiembre del 2002 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1.- Otorgar Plenos Poderes al Doctor Mario Arana Sevilla, Ministro de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC), para que en dicha calidad suscriba en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, el Memorándum de Entendimiento entre la República de Nicaragua y la República Dominicana. Artículo 2.- La transcripción de este Acuerdo faculta amplia y suficientemente al Doctor Mario Arana Sevilla, para proceder de conformidad. Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintiocho de Agosto del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -