Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO DE
PRÉSTAMO CON THE OPEC FUND FOR INTERNATIONAL DEVELOPMENT)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 219-2002, Aprobado el 6 de Mayo
del 2002
Publicado en La Gaceta No. 89 del 15 de Mayo del 2002
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
ACUERDA
Artículo 1.- Autorizar al Doctor Alberto José Altamirano
Lacayo, Encargado de Negocios a.i. de la República de Nicaragua en
Austria, para que en nombre y representación del Gobierno de la
República de Nicaragua, pueda suscribir con The OPEC Fund for
International Development, Convenio de Préstamo hasta por un monto
de diez millones de Dólares (US$10,000,000.00), para ser utilizados
exclusivamente en el pago del servicio de la deuda que Nicaragua
tiene con la OPEC, constituyendo este préstamo parte del alivio de
deuda que, The OPEC Fund for International Development otorgara a
Nicaragua en el marco de la iniciativa HIPIC.
Artículo 2.- La transcripción de este Acuerdo servirá
para la acreditación de la presentación para la firma del Convenio,
cuyos términos han sido previamente acordados con The OPEC Fund for
International Development.
Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a
partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el seis de Mayo
del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la
República de Nicaragua.
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