Se Suscribe Contrato De Concesión Para La Exploración Y Explotación Petrolera En La Raan Con La Compañía Petrolera Infinity Energy Resources, Inc.

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energética Rango: Acuerdos Presidenciales - (SE SUSCRIBE CONTRATO DE CONCESIÓN PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN PETROLERA EN LA RAAN CON LA COMPAÑÍA PETROLERA INFINITY ENERGY RESOURCES, INC.) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 466-2008. Aprobado el 31 de Octubre de 2008 Publicado en La Gaceta N° 215 del 11 de Noviembre de 2008 El Presidente de la República CONSIDERANDO I Que la Constitución Política de la República de Nicaragua, en su artículo 102 instituye que los recursos naturales son patrimonio nacional y que la preservación del ambiente y la conservación, desarrollo y explotación racional de los mismos corresponden al Estado, que facultado puede celebrar contratos de exploración racional de estos recursos, cuando el interés nacional lo requiera. II Que conforme a la Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 181 párrafo segundo que establece que las concesiones y los contratos de exploración racional de los recursos naturales, deberán constar con la aprobación del Consejo Regional Autónomo correspondiente. III Que las atribuciones establecidas en la Ley N° 286, Ley Especial de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, publicada en La Gaceta, Diario Oficial Número 109 del 12 de junio de 1998 y el Decreto N° 43-98, Reglamento a la Ley Especial de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 117 del 24 de junio de 1998, del Instituto Nicaragüense de Energía (INE), han sido transferidas al Ministerio de Energía y Minas (MEM) entidad creada por la Ley N° 612, Ley de Reforma y Adición a la Ley N° 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N° 20 del 29 de enero de 2007. IV Que de acuerdo a Resolución N° 08-2003, del 11 de abril de 2003, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Número 100 del 30 de mayo de 2003, el Consejo de Dirección del INE otorgó a la Empresa Infinity, INC, quien cambio su razón a INFINITY ENERGY RESOURCES, INC., el área de concesión denominada "Prospecto Perlas" Caribe Costa fuera. V Que el Acuerdo Presidencial N° 186-2006, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 93 del 15 de Mayo de 2006, autorizo la celebración del contrato de contrato de concesión petrolera para el área identificada como Prospecto Perlas entre la República de Nicaragua y la Compañía Petrolera INFINITY ENERGY RESOURCES, INC. INFINITY ENERGY RESOURCES, INC. VI Que ciudadanos de las Regiones Autónomas del Atlántico de la República Nicaragua presentaron Recurso de Amparo contra la firma de los Contratos de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, entre ellos el Contrato de Concesión otorgados a la Compañía Petrolera INFINITY ENERGY RESOURCES, INC., y siendo que la Corte Suprema de Justicia de la República de Nicaragua, por Sentencia N° 92 del 2 de mayo 2007 declaró ha lugar el Recurso de Amparo interpuesto por haberse celebrado los Contratos de Concesión, sin aprobación de los Consejos de la Región Autónoma del Atlántico Norte y de la Región Autónoma del Atlántico Sur. VII Que la adjudicación del área de concesión "Prospecto Perlas" a INFINITY ENERGY RESOURCES, INC., es conforme a derecho, por lo que una vez aprobada la concesión por los Consejos de la Región Autónoma del Atlántico Norte y de la Región Autónoma del Atlántico Sur se debe proceder a suscribir el Contrato correspondiente. VIII Que el Consejo de la Región Autónoma del Atlántico Norte en sesión del 13 de agosto de 2008, y el Consejo de la Región Autónoma del Atlántico Sur en sesión del 4 y 5 de julio de 2008, aprobaron el Contrato de Concesión de Exploración y Explotación de Hidrocarburos del Prospecto Perlas otorgada a favor de INFINITY ENERGY RESOURCES, INC. IX Que el Ministerio de Energía y Minas (MEM), remitió a la Presidencia de la República, Proyecto de Contrato de Concesión para Exploración y Explotación Petrolera a celebrarse con INFINITY ENERGY RESOURCES, INC., conforme al artículo 24 de la Ley N° 286, Ley de Exploración y Explotación de Hidrocarburos y siendo que el mismo es acorde al marco jurídico vigente. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1. Habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en la Constitución Política de la República de Nicaragua y leyes correspondiente, se delega al Procurador General de la República, para que nombre y representación del Estado de la República de Nicaragua, proceda a suscribir el Contrato de Concesión para la Exploración y Explotación Petrolera con la Compañía Petrolera INFINITY ENERGY RESOURCES, INC., en los términos negociados por el Ministerio de Energía y Minas y la aprobación del Consejo de la Región Autónoma del Atlántico Norte en sesión del 13 de agosto de 2008 y el Consejo de la Región Autónoma del Atlántico Sur en sesión del 4 y 5 de julio de 2008. El área a otorgarse, identificada como Prospecto Perlas, se procederá conforme lo señalado en la Resolución N° 08-2003, del 11 de abril de 2003, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, Número 100 del 30 de mayo de 2003. Artículo 2. El Procurador General de la República deberá tener a la vista los respectivos documentos justificativos y requeridos para lo dispuesto en el artículo anterior del presente Acuerdo. Artículo 3. Sirva la Certificación de este Acuerdo y el de la toma de posesión del Procurador General de la República, como suficientes documentos para acreditar su representación. Artículo 4. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los treinta y uno días del mes de Octubre del año dos mil ocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.- Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -