Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Acuerdos Presidenciales
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SE SEÑALA EL DÍA EN QUE DEBEN
ABRIRSE LAS ESCUELAS
Aprobado el 5 de Febrero de 1898
Publicado en La Gaceta No. 453 del 26 de Febrero de 1898
El Presidente del Estado, Acuerda:
Señalar el día 15 del mes corriente, como el designado para la
apertura de las escuelas que verificaron sus exámenes de fin de
curso á principio del mes de Diciembre próximo pasado.
Comuníquese Managua, 4 de Febrero de 1898 ZELAYA El
Ministro de Instrucción Pública MATUS.
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