Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Acuerdos Presidenciales
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SE RESTABLECE LA UNIVERSIDAD DE
LEÓN
ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 12 de Julio de 1895
Publicado en La Gaceta No. 212 del 24 de Julio de 1895
El Presidente de la República, en el deseo de conmemorar el segundo
aniversario de la Revolución de Julio, de un modo que corresponda á
sus altos propósitos en orden al progreso nacional, acuerda:
restablecer la Universidad de la ciudad de León, sobre las bases
siguientes:
1.º- La Universidad comprenderá por ahora dos Facultades, una de
Derecho y otra de Medicina. La primera la formarán los Abogados y
Notarios residentes en la población; y la segunda, los Médicos y
Farmacéuticos.
2.º- Cada Facultad tendrá una Junta Directiva, compuesta de cinco
individuos que designarán entre ellos un Decano, un Vicedecano y un
Secretario. La Junta durará un año en el ejercicio de sus funciones
y será electa por los miembros de la Facultad entre ellos mismos,
salvo la primera, que será designada por el Ejecutivo.
3.º- Habrá desde luego dos escuelas profesionales, una de Derecho y
Notariado, y otra de Medicina y Farmacia; bajo la dirección
inmediata y supervigilancia de la Junta de la respectiva
Facultad.
4.º- Mientras se arbitran fondos propios para el sostenimiento de
la Universidad, el Tesoro Nacional proporcionará á cada Junta, los
fondos indispensables para el mantenimiento de las escuelas.
5.º- La Junta designará los Profesores de acuerdo con el Ministerio
de Instrucción Pública, pudiendo serlo los mismos individuos de
aquella y demás Profesores de reconocida competencia y de probada
adhesión á la reforma. El cargo de Profesor, partiendo de la Junta
Directiva de cada Facultad, no se considerará como empleo oficial
para los efectos legales.
6.º- Las Juntas Directivas de las Facultades, tendrán derecho de
hacer todas las indicaciones que juzguen conveniente para la
reglamentación de ellas.
7.º- Para el primer período, formarán la Junta Directiva de la
Facultad de Derecho, los Doctores don Francisco Baca, don José
Francisco Aguilar, don Samuel Sediles, don Ricardo Contreras y don
Remigio Jerez; y la de Medicina, los Doctores don Desiderio
Pallais, don Luis H Debayle, don Antonio Aguilar, don Sebastián
Salinas y don Heliodoro Barrios. Estos cargos serán en la
actualidad ad honorem, y no se considerán como oficiales, sino como
un servicio á la causa de la juventud.
Comuníquese León, 12 de Julio de 1895 Zelaya - El
Ministro de Instrucción Pública - Matus.
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