Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(SE REGLAMENTA LA VENTA DE
SELLOS POSTALES CONMEMORATIVOS DEL TERREMOTO DE 31 DE MARZO DE
1931)
Aprobado el 30 de Diciembre de 1931.
Publicado en La Gaceta No 1, del 4 de Enero de 1932.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
ACUERDA:
Sujeto al acuerdo de este Ministerio fecha 15 de Octubre de este
año, y decreto del Ministerio de Hacienda de hoy sobre la emisión y
valorización de los sellos postales conmemorativos del terremoto de
Managua de 31 de Marzo de 1931, se reglamenta la venta de dichos
sellos el primero de enero de 1932 de La manera siguiente:
I- Los Administradores de Rentas y Tesorero General como
depositarios y expendedores de especies fiscales, únicamente
venderán esta especie a los Administradores de Correos y Agentes
Postales o a las personas que el Ministerio de Fomento lo
ordene.
II- Los Administradores de correos y Agentes Postales
solamente venderán los sellos postales a las personas que porten su
correspondencia en la Oficina Postal para la circulación en el
Correo.
III- Estos sellos serán aplicados a la correspondencia de
conformidad con la tarifa postal vigente.
Dado en Managua, en la Casa Presidencial, a los treinta días del
mes de Diciembre de mil novecientos treinta y uno.-J.M.
MONCADA-El Ministro de Fomento, por la ley.-FERNANDO
CÓRDOBA.
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