Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(SE REFORMA EL
ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 1022001, COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL,
PUBLICADO EN LA GACETA, DIARIO OFICIAL Nº 72 DEL 18 DE ABRIL DE
2001)
ACUERDO PRESIDENCIAL N°
80-2008. Aprobado el 22 de Febrero del 2008
Publicado en La Gaceta Nº 44 del 03 de Marzo del 2008
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
ACUERDA
Artículo 1. Se reforma el Artículo 1 del Acuerdo
Presidencial N° 102-2001, Comisión Interinstitucional, publicado en
La Gaceta, Diario Oficial N° 72 del 18 de abril de 2001, el que se
leerá así:
Artículo 1. Crear la Comisión Interinstitucional
Facilitadora del Comercio, que estará conformada por:
1. Director General de Ingresos;
2. Director General de Servicios Aduaneros;
3. Director General de la Policía Nacional;
4. Ministro de Fomento, Industria y Comercio;
5. Presidente de la Cámara de Comercio de Nicaragua;
6. Presidente de la Cámara de Industrias de Nicaragua;
7. Presidente de la Cámara de Agentes Aduaneros, Almacenadores y
Embarcadores de Nicaragua;
8. Representante del Consejo Superior de la Empresa Privada;
9. Representante del Consejo Nicaragüense de la Micro, Pequeña y
Mediana Empresa (CONIPYME).
10. Representante de la Asociación Nacional de Comerciantes de los
Mercados.
Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los veintidós
días del mes de febrero del año dos mil ocho. DANIEL ORTEGA
SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua.- Paul
Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas
Nacionales.
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