Se Mandan Cambiar Los Billetes De Á Cincuenta Centavos

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Acuerdos Presidenciales - SE MANDAN CAMBIAR LOS BILLETES DE Á CINCUENTA CENTAVOS Aprobado el 5 de Mayo de 1898 Publicado en La Gaceta No. 505 del 7 de Mayo de 1898 EL PRESIDENTE DEL ESTADO, ACUERDA: 1º- Dentro de treinta días de la publicación del presente acuerdo, los tenedores de billetes del Tesoro de á cincuenta centavos, emitidos en 1894 y litografiados en el país, deberán presentarlos á los Administradores de Rentas ó de Aduanas para su cambio. 2º- Vencidos los treinta días dichos Administradores trasladarán á la Tesorera General, todos los billetes que hubiesen cambiado para el efecto de incinerarlos. 3º- No reconocerá el Estado los billetes del Tesoro que no hubiesen presentado para su cambio dentro del término que señala la presente ley. Comuníquese  Managua, 5 de Mayo de 1898  ZELAYA  El Ministro de Hacienda  LÓPEZ. -