Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Acuerdos Presidenciales
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SE MANDA QUE LOS TELEGRAFISTAS
ENTEREN LOS PRODUCTOS DE SUS OFICINAS EN LAS ADMINISTRACIONES Ó
COMISARÍAS DE RENTAS
ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 19 de Septiembre de
1893
Publicado en La Gaceta No. 77 del 18 de Octubre de 1893
El Presidente de la República, en uso de sus facultades,
acuerda:
Único Mientras se ponen en circulación las tarjetas telegráficas
á que se refiere el acuerdo de 7 de Agosto próximo pasado, los
telegrafistas de la República enterarán los productos de sus
oficinas en las Administraciones ó Comisarías de Rentas.
El Director General, exigirá por medio de los Prefectos á los
telegrafistas de las oficinas principales, la fianza de que habla
el art. 8º de la citada ley.
Comuníquese Managua, 19 de Septiembre de 1893 Zelaya
El Ministro de Fomento. Gámez.
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