Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(SE ESTABLECE EL DÍA DE LA CRUZ
ROJA NICARAGÜENSE)
No. 120, Aprobado el 24 de Abril de 1939
Publicada en La Gaceta No. 87 del 26 de Abril de 1939
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Cruz Roja Nicaragüense, organizada dentro del Estatuto
Universal de la Cruz Roja, es una Institución benemérita destinada
a prestar importantes servicios sociales; y por lo tanto merece el
apoyo del Gobierno, en el incremento de su tesoro.
ACUERDA:
Artículo 1.- Se establece el Día de la Cruz Roja
Nicaragüense, y se señala como tal, el 3 de Mayo de cada
año.
Artículo 2.- Durante dicho día se autoriza a la mencionada
Institución para que ponga a la venta y a la circulación, timbres y
sellos de la Cruz Roja que los interesados podrán agregar, además
de los establecidos, en toda clase de documentos y en su
correspondencia.
Artículo 3.- Los fondos que se recauden por este medio o por
cualquiera otro que la Institución acordase poner en práctica el
día referido, serán exclusivamente destinados a La Cruz Roja.
Artículo 4.- Se autoriza al Comité Nacional de la Cruz Roja
Nicaragüense, para que organice comités Departamentales para el
mejor cumplimiento de esta disposición.
Comuníquese.- Casa Presidencial, Managua, D. N., 24 de Abril de
1939.- SOMOZA.- El Ministro de la Gobernación y
Beneficencia.- G. Ramírez Brown.
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