Se Establece El “Día De La Cruz Roja Nicaragüense”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Acuerdos Presidenciales - (SE ESTABLECE EL DÍA DE LA CRUZ ROJA NICARAGÜENSE) No. 120, Aprobado el 24 de Abril de 1939 Publicada en La Gaceta No. 87 del 26 de Abril de 1939 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO: Que la Cruz Roja Nicaragüense, organizada dentro del Estatuto Universal de la Cruz Roja, es una Institución benemérita destinada a prestar importantes servicios sociales; y por lo tanto merece el apoyo del Gobierno, en el incremento de su tesoro. ACUERDA: Artículo 1.- Se establece el Día de la Cruz Roja Nicaragüense, y se señala como tal, el 3 de Mayo de cada año. Artículo 2.- Durante dicho día se autoriza a la mencionada Institución para que ponga a la venta y a la circulación, timbres y sellos de la Cruz Roja que los interesados podrán agregar, además de los establecidos, en toda clase de documentos y en su correspondencia. Artículo 3.- Los fondos que se recauden por este medio o por cualquiera otro que la Institución acordase poner en práctica el día referido, serán exclusivamente destinados a La Cruz Roja. Artículo 4.- Se autoriza al Comité Nacional de la Cruz Roja Nicaragüense, para que organice comités Departamentales para el mejor cumplimiento de esta disposición. Comuníquese.- Casa Presidencial, Managua, D. N., 24 de Abril de 1939.- SOMOZA.- El Ministro de la Gobernación y Beneficencia.- G. Ramírez Brown. -