Se Dispone Que La Redacción Del Diario Oficial Se Anexe Al Ministerio De Instrucción Pública

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Acuerdos Presidenciales - SE DISPONE QUE LA REDACCIÓN DEL DIARIO OFICIAL SE ANEXE AL MINISTERIO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 25 de Noviembre de 1897 Publicado en La Gaceta No. 395 del 28 de Noviembre de 1897 Habiendo pasado las circunstancias por las cuales se nombró Director del Diario Oficial, al señor General don Manuel Riguero de Aguilar, y siendo necesario introducir economías en los gastos de la Administración, el Presidente del Estado, acuerda: 1º.- Desde el 1º de Diciembre próximo volverá la Dirección del Diario Oficial a estar anexa al Ministerio de Instrucción Pública, sin que por ella pueda cobrarse sobresueldo. 2º.- Se dan las gracias al señor General Aguilar por los buenos servicios que ha prestado en el expresado destino. 3º.- Hasta el 30 del corriente mes se liquidarán los servicios del expresado empleado desde la fecha en que comenzó á prestarlos á razón de ciento cincuenta pesos mensuales, imputándose este gasto al artículo 4º Capítulo V del presupuesto de Instrucción Pública. Comuníquese - Managua, 25 de Noviembre de 1897- Zelaya - El Ministro de Instrucción Pública - Matus. -