Se Dispone Que La Administración De Rentas Del Rama Se Separe De La Gobernación De Policía

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - SE DISPONE QUE LA ADMINISTRACIÓN DE RENTAS DEL RAMA SE SEPARE DE LA GOBERNACIÓN DE POLICÍA ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 31 de Mayo de 1895 Publicado en La Gaceta No. 176 del 2 de Junio de 1895 El Presidente de la República acuerda: aprobar la disposición expedida el 31 del corriente por el Gobernador é Intendente del Departamento de Zelaya, separando la Administración de Rentas del Rama de la Gobernación de Policía, y disponiendo que el actual Tenedor de Libros don Carlos C. Zepeda, se encargue interinamente de la Administración con el sobresueldo de cuarenta y cinco pesos mensuales. El señor Zepeda se hará cargo del destino, previa la fianza de ley. Comuníquese - Managua, 31 de Mayo de 1895 - Zelaya- El Ministro de Hacienda - Callejas. -