Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Familia Niñez Juventud y Adulto Mayor
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(SE DEROGA LA LEY QUE ESTABLECE
CASTIGO POR ACTOS CONTRA LA MUJER Y ABANDONO DE HIJOS)
No. 17, Aprobado el 21 de Agosto de 1918
Publicado en La Gaceta No. 191 del 26 de Agosto de 1918
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de la facultad legislativa, delegada por ley de 24 de abril
último y de acuerdo con el Art. 111, Inc. 22 Cn. Por cuanto: la
Honorable Corte Suprema de Justicia, en sentencia dictada a las 12
m., del 8 de agosto corriente, en el recurso de amparo del señor
Daniel Prego, contra varios artículos de la ley de Policía de 27 de
abril próximo pasado, amparó al mencionado recurrente y ordenó que
se suspendieran en el caso concreto los efectos de los artículos
2º, 3º, y 8º, por conceptuarlos inconstitucionales, para evitar
ulteriores recursos, con motivo del cumplimiento de los mismos
artículos, o de otros de la susodicha ley, y en acatamiento a la
opinión de la Corte Suprema de Justicia,
ACUERDA:
1.- Derogar la ley de 27 de abril último y su reforma de 23
de julio próximo anterior, para mientras el Congreso de la
República elabora una nueva ley a ese respecto, que garantice el
honor de las familias.
2.- El presente acuerdo regirá desde su publicación en La
Gaceta.
Dado en Managua, a los 21 días del mes de agosto de mil novecientos
dieciocho.- EMILIANO CHAMORRO.- El Ministro de Policía.-
VENANCIO MONTALVÁN.
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