Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Transporte
Rango: Acuerdos Presidenciales
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SE DEROGA EL ACUERDO DE 23 DE
OCTUBRE DE 1889
ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 12 de Noviembre de
1895
Publicado en La Gaceta No. 303 del 14 de Noviembre de
1895
El Presidente de la República, habiendo cesado las causas que
motivaron la emisión del acuerdo de 23 de Octubre de 1889 por
haberse mejorado y reparado ya la vía y provisto el material móvil
del ferrocarril en actual explotación, acuerda:
1.º- Derogar el referido acuerdo de 23 de Octubre de 89 en
cuanto á la reserva del producto líquido de la empresa del
ferrocarril y vapores nacionales; debiéndose atender solamente por
el Ministerio de Fomento á las necesidades ordinarias de
administración y entretenimiento.
2.º- Desde el 1º de Enero próximo el producto líquido
mensual que resulte en las cajas del ferrocarril y vapores
nacionales será trasladado como el de las otras oficinas fiscales á
la Tesorería General para que por ella se efectúe el gasto de
construcción que demanda el ramal de Masaya á Diriamba y pueblos
intermedios.
Comuníquese - Managua, 12 de Noviembre de 1895 Zelaya - El
Ministro de Fomento, por la ley - Zamora.
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