Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(SE DEJA SIN EFECTO EL ACUERDO
EJECUTIVO DE 3 DE AGOSTO DE 1927)
ACUERDO No. 288, Aprobado el 11 de Febrero de 1933
Publicado en La Gaceta No. 35 del 13 de Febrero de 1933
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Vista la información seguida por el Señor Director de la Policía de
Granada, para averiguar el funcionamiento legal del Club Social de
Artesanos de aquella ciudad, cuyos Estatutos fueron aprobados por
Acuerdo Ejecutivo de 3 de agosto de 1927, y
CONSIDERANDO
I. Que de la información seguida se desprende claramente que no
llena los fines para que fue creado;
II. Que según consta en los autos indicados, se ha usado de una
razón social, para explotar un negocio en beneficio particular,
abusando de los privilegios y prerrogativas que corresponden a esta
clase de sociedades;
III. Que la autoridad que legitimó su personería le corresponde
cancelarla, cuando por circunstancias posteriores cesan los motivos
que justificaron su existencia legal y no satisfacen al objeto de
su institución.
ACUERDA
Único: Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo de 3 de agosto
de 1927, que aparece publicado en los números 198, 199 y 200 del
Diario Oficial, correspondientes a los días 6, 7 y 8 de septiembre
del citado año.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, 11 de Febrero de 1933.
SACASA. El Ministro de la Gobernación, Gonzalo
Ocón.
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