Se Declaran Días De Vacaciones Para Los Empleados De La Administración Pública

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Laboral y Seguridad Social Rango: Acuerdos Presidenciales - (SE DECLARAN DÍAS DE VACACIONES PARA LOS EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA) No. 299, Aprobado el 06 de Abril de 1933 Publicado en La Gaceta No. 81 del 07 de Abril de 1933 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ACUERDA Primero: Se declaran días de vacaciones para los empleados de la Administración Pública, desde el 10 hasta el 15 del corriente mes inclusive. Segundo: Los Jefes Superiores en los ramos de Hacienda y Comunicaciones, dispondrán lo conveniente para el efecto de no paralizar el movimiento administrativo y que sus empleados gocen también de dichas vacaciones. Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, 6 de abril de 1933. SACASA. El Ministro de la Gobernación, Gonzalo Ocón. -