Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(SE DECLARA IGNAURADO EL NUEVO
DEPARTAMENTO DE BOACO)
ACUERDO No. 543, Aprobado el 14 de Febrero de 1936
Publicado en La Gaceta No. 44 del 21 de Febrero de 1936
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el Arto. 8º de la ley de 18 de Julio del año
próximo pasado que crea el nuevo Departamento de Boaco, se autorizó
al Poder Ejecutivo para fijar la fecha que dicha ley debe cumplirse
en cuanto a la organización del citado departamento.
ACUERDA
Único: Señálase el día diez y seis del corriente mes, como
fecha para poner en vigencia el Decreto Legislativo de 18 de Julio
de 1935. En consecuencia, se procederá al nombramiento de los
funcionarios públicos dependientes del Poder Ejecutivo, en el nuevo
Departamento de Boaco, por conducto de las Secretarías de Estado
correspondientes.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, D. N., 14 de febrero de
1936. SACASA. El Ministro de la Gobernación, J.
IRÍAS.
Juan Irías, Ministro de Gobernación y Anexos, en su carácter de
Delegado del Poder Ejecutivo, para inaugurar el Departamento de
Boaco, creado por Decreto Legislativo de 18 de Julio de 1935; y de
conformidad con el Acuerdo Ejecutivo de 14 de Febrero del corriente
año,
ACUERDA
Declarar solemnemente inaugurado el Departamento de Boaco, que
comprende la jurisdicción establecida en el referido Decreto
Legislativo de 18 de Julio de 1935. Dado en la ciudad de Boaco, a
los diez y seis del mes de febrero de mil novecientos treinta y
seis. J. Irías.
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