Se Crea Un Inspector En Los Ríos Siquia Y Mico Para La Represión Del Contrabando

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Orden Interno Rango: Acuerdos Presidenciales - SE CREA UN INSPECTOR EN LOS RÍOS SIQUIA Y MICO PARA LA REPRESIÓN DEL CONTRABANDO ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 31 de Mayo de 1895 Publicado en La Gaceta No. 178 del 5 de Junio de 1895 El Presidente de la República concede su aprobación al acuerdo que dice: Agustín Duarte, Gobernador é Intendente del Departamento de Zelaya é Inspector General de la Costa Atlántica en la República: estimando indispensable para la represión del contrabando y defraudación en los ríos Siquia y Mico, la creación de una autoridad, que al mismo tiempo que garantice los intereses fiscales, proteja la seguridad individual y el desarrollo de la agricultura, en uso de sus facultades. Acuerda: 1º.- Crear un Inspector para los ríos Siquia y Mico con las atribuciones de Guarda de la Renta y Agente de Policía rural. 2º.- Este empleado tendrá en su jurisdicción, además, las funciones de Agente de Policía de Agricultura. 3º.- El Inspector de que habla esta disposición dependerá de la Gobernación de Policía del Rama, y tendrá un resguardo compuesto de un Sargento segundo, un Cabo segundo y cuatro soldados, que se tomará de la guarnición de aquella ciudad. 4º.- El empleado de que habla este acuerdo disfrutará del sueldo de noventa pesos mensuales- Bluefields, Mayo 16 de 1895.- Ag. Duarte. Comuníquese- Managua, 31 de Mayo de 1895  Zelaya - El Ministro de Policía, por la ley - Salinas. -