Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Acuerdos Presidenciales
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SE CONCEDE EN EL FERROCARRIL Y
VAPORES NACIONALES FRANCO EL FLETE DEL MAÍZ, ARROZ, FRIJOLES Y
PLÁTANOS
ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 7 de Septiembre de
1895
Publicado en La Gaceta No. 251 del 10 de Septiembre de 1895
El Presidente de la República, considerando: que el mal invierno
actual ha ocasionado la escasez de granos en algunos departamentos,
y que es un deber del Gobierno, hacer que los pueblos en que haya
carestía de víveres se provean de ellos, al menor precio posible,
acuerda:
Art. 1º.- Durante el tiempo que el Ejecutivo estime
conveniente, gozarán de flete franco en el ferrocarril y vapores
nacionales, el maíz, arroz, frijoles y plátanos.
Art. 2º.- El presente acuerdo empezará á regir desde su
publicación.
Comuníquese - Managua, 7 de Septiembre de 1895 Zelaya - El
Ministro de Fomento, por la ley - Zamora.
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