Se Autoriza Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público, Para Que En Representación De Nicaragua Suscriba Con La International Development Association (Ida) Del Banco Mundial, El Convenio De Financiamiento En Carácter De Préstamo Para Financiar El “Proyecto De Mejoramiento De Infraestructura Vial Rural”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (SE AUTORIZA AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, PARA QUE EN REPRESENTACIÓN DE NICARAGUA SUSCRIBA CON LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA) DEL BANCO MUNDIAL, EL CONVENIO DE FINANCIAMIENTO EN CARÁCTER DE PRÉSTAMO PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA VIAL RURAL) ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 107-2014 dado el día 4 de junio del 2014. Publicado en la Gaceta N° 105 del 09 de Junio del 2014. El Presidente de la República de Nicaragua Comandante Daniel Ortega Saavedra ACUERDA Articulo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua suscriba con la International Development Association (IDA) del Banco Mundial, el Convenio de Financiamiento por un monto de Treinta y Seis Millones Ochocientos Mil Derechos Especiales de Giro (DEGs 36.8) Equivalente a Cincuenta y Siete Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 57.0), aproximadamente. De los cuales Treinta y Cuatro Millones Novecientos Mil Derechos Especiales de Giro (DEGs 34.9) equivalente a Cincuenta y Cuatro Millones Cien Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 54.1) aproximadamente son en Carácter de Donación y Un Millón Novecientos Mil Derechos Especiales de Giro (DEGs 1,9) equivalente a Dos Millones Novecientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 2.9) aproximadamente son en carácter de préstamo, para financiar el Proyecto de Mejoramiento de Infraestructura Vial Rural que será ejecutado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI). Artículo 2.- La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público, para la suscripción del Convenio de Financiamiento relacionado en el artículo anterior, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico y la Internacional Development Association (IDA) del Banco Mundial. Artículo 3.- el presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado el la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día cuatro de junio del año dos mil catorce. Daniel Ortega Saavedra. Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley. Secretario Privado para Políticas Nacionales. -