Se Autoriza Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público, Para Que En Representación De Nicaragua Suscriba Con La International Development Association (Ida) Del Banco Mundial, El Convenio De Financiamiento En Carácter De Préstamo Para Financiar El “Proyecto De Mejoramiento De Infraestructura Vial Rural”
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(SE AUTORIZA AL
MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, PARA QUE EN REPRESENTACIÓN
DE NICARAGUA SUSCRIBA CON LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION
(IDA) DEL BANCO MUNDIAL, EL CONVENIO DE FINANCIAMIENTO EN CARÁCTER
DE PRÉSTAMO PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE
INFRAESTRUCTURA VIAL RURAL)
ACUERDO PRESIDENCIAL Nº
107-2014 dado el día 4 de junio del 2014.
Publicado en la Gaceta N° 105 del 09 de Junio del 2014.
El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra
ACUERDA
Articulo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito
Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno
de la República de Nicaragua suscriba con la International
Development Association (IDA) del Banco Mundial, el Convenio de
Financiamiento por un monto de Treinta y Seis Millones Ochocientos
Mil Derechos Especiales de Giro (DEGs 36.8) Equivalente a
Cincuenta y Siete Millones de Dólares de los Estados Unidos de
América (US$ 57.0), aproximadamente. De los cuales Treinta y Cuatro
Millones Novecientos Mil Derechos Especiales de Giro (DEGs 34.9)
equivalente a Cincuenta y Cuatro Millones Cien Mil Dólares de los
Estados Unidos de América (US$ 54.1) aproximadamente son en
Carácter de Donación y Un Millón Novecientos Mil Derechos
Especiales de Giro (DEGs 1,9) equivalente a Dos Millones
Novecientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 2.9)
aproximadamente son en carácter de préstamo, para financiar el
Proyecto de Mejoramiento de Infraestructura Vial Rural que será
ejecutado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura
(MTI).
Artículo 2.- La certificación de este Acuerdo acreditará la
representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público, para la
suscripción del Convenio de Financiamiento relacionado en el
artículo anterior, cuyos términos y condiciones han sido
previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito
Publico y la Internacional Development Association (IDA) del Banco
Mundial.
Artículo 3.- el presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado el la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de
Nicaragua, el día cuatro de junio del año dos mil catorce.
Daniel Ortega Saavedra. Presidente de la República de
Nicaragua. Paul Oquist Kelley. Secretario Privado para
Políticas Nacionales.
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