Se Autoriza Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público, Para Que En Nombre Y Representación De La República De Nicaragua, Suscriba Con El Banco De Exportación-Importación De Corea (Eximbank), Agencia Gubernamental Para El Manejo Del Fondo De Cooperación Para El Desarrollo Económico (Edcf), El Convenio De Préstamo Para Financiar Parcialmente El Programa Nacional Para Electrificación Sostenible Y Energía Renovable (Pneser), Ejecución A Cargo De La Empresa Nacional De Transmisión Eléctrica (Enatrel)

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Rango: Acuerdos Presidenciales - (SE AUTORIZA AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, PARA QUE EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO DE EXPORTACIÓN-IMPORTACIÓN DE COREA (EXIMBANK), AGENCIA GUBERNAMENTAL PARA EL MANEJO DEL FONDO DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO (EDCF), EL CONVENIO DE PRÉSTAMO PARA FINANCIAR PARCIALMENTE EL PROGRAMA NACIONAL PARA ELECTRIFICACIÓN SOSTENIBLE Y ENERGÍA RENOVABLE (PNESER), EJECUCIÓN A CARGO DE LA EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA (ENATREL)) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 237-2011, Aprobado el 9 de Diciembre de 2011 Publicado en La Gaceta No. 242 del 22 de Diciembre de 2011 El Presidente de la República de Nicaragua Comandante Daniel Ortega Saavedra En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1. Se autoriza al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que en nombre y representación de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco de Exportación-Importación de Corea (EXIMBANK), Agencia Gubernamental para el manejo del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Económico (EDCF), el Convenio de Préstamo No. NIC-6 por un monto en Won Coreano que no exceda el equivalente a Veintisiete Millones Doscientos Veintisiete Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$27,227,000.00), para financiar parcialmente el Programa Nacional para Electrificación Sostenible y Energía Renovable (PNESER), ejecución a cargo de la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL). Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro en la suscripción del Convenio de Préstamo No. NIC-6, referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco de Exportación-Importación de Corea (EXIMBANK). Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, a los nueve días del mes de Diciembre del año dos mil once. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -