Se Autoriza Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Para Que Suscriba Con El Fondo Internacional De Desarrollo Agrícola (Fida) Convenio De Financiación A Un Proyecto A Cargo Del Ministerio De Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa Y Asociativa – Mefcca

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE SUSCRIBA CON EL FONDO INTERNACIONAL DE DESARROLLO AGRÍCOLA (FIDA) CONVENIO DE FINANCIACIÓN A UN PROYECTO A CARGO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA FAMILIAR, COMUNITARIA, COOPERATIVA Y ASOCIATIVA  MEFCCA) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 04-2014, Aprobado el 14 de Enero del 2014 Publicado en La Gaceta No. 27 del 11 de Febrero del 2014 El Presidente de la República de Nicaragua Comandante Daniel Ortega Saavedra En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), el Convenio de Financiación Proyecto de Adaptación a Cambios en los Mercados y a las Efectos del Cambio Climático (NICADAPTA), denominado Programa Apoyo a la adaptación al cambio climático de la producción de café y cacao de pequeños productores en zonas agroclimáticas aptas, por un monto de Dieciséis Millones Diez Mil Derechos Especiales de Giro (DEG16,010,000.00), de los cuales Cinco Millones Trescientos Cincuenta Mil Derechos Especiales de Giro (DEG5,350,000.00) serán concedidos en calidad de Préstamo; Cinco Millones Trescientos Cincuenta Mil Derechos Especiales de Giro (DEG5,350,000.00) en calidad de Donación y Cinco Millones Trescientos Diez Mil Derechos Especiales de Giro (DEG5,310,000.00) en calidad de Donación-Programa de Adaptación para la Agricultura en Pequeña Escala (ASAP) del FIDA, Ejecución a cargo del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa (MEFCCA). Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público en la suscripción del Convenio de Financiación referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA). Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día catorce de enero del año dos mil catorce. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Política Nacionales. -