Se Autoriza Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Para Que Suscriba Con El Fondo Internacional De Desarrollo Agrícola (Fida) Convenio De Financiación A Un Proyecto A Cargo Del Ministerio De Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa Y Asociativa – Mefcca
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE
HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE SUSCRIBA CON EL FONDO
INTERNACIONAL DE DESARROLLO AGRÍCOLA (FIDA) CONVENIO DE
FINANCIACIÓN A UN PROYECTO A CARGO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA
FAMILIAR, COMUNITARIA, COOPERATIVA Y ASOCIATIVA MEFCCA)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 04-2014,
Aprobado el 14 de Enero del 2014
Publicado en La Gaceta No. 27 del 11 de Febrero del
2014
El Presidente de la República de Nicaragua Comandante Daniel Ortega
Saavedra
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
ACUERDA
Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito
Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno
de la República de Nicaragua, suscriba con el Fondo Internacional
de Desarrollo Agrícola (FIDA), el Convenio de Financiación
Proyecto de Adaptación a Cambios en los Mercados y a las Efectos
del Cambio Climático (NICADAPTA), denominado Programa Apoyo a
la adaptación al cambio climático de la producción de café y cacao
de pequeños productores en zonas agroclimáticas aptas, por un monto
de Dieciséis Millones Diez Mil Derechos Especiales de Giro
(DEG16,010,000.00), de los cuales Cinco Millones Trescientos
Cincuenta Mil Derechos Especiales de Giro (DEG5,350,000.00) serán
concedidos en calidad de Préstamo; Cinco Millones Trescientos
Cincuenta Mil Derechos Especiales de Giro (DEG5,350,000.00) en
calidad de Donación y Cinco Millones Trescientos Diez Mil Derechos
Especiales de Giro (DEG5,310,000.00) en calidad de
Donación-Programa de Adaptación para la Agricultura en Pequeña
Escala (ASAP) del FIDA, Ejecución a cargo del Ministerio de
Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa
(MEFCCA).
Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la
representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público en la
suscripción del Convenio de Financiación referido en el artículo
anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Fondo
Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA).
Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de
Nicaragua, el día catorce de enero del año dos mil catorce.
Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de
Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para
Política Nacionales.
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