Se Autoriza Al Embajador Arturo Cruz Sequeria En La Firma Del Convenio De Financiamiento Referido Al No. 4521-Ni , Por Un Monto De Deg´s 12,200,000.00, Equivalente A U$ 20,000,000.00 Para Financiar El Convenio Denominado "crédito De Apoyo A Las Políticas De Desarrollo"

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - SE AUTORIZA AL EMBAJADOR ARTURO CRUZ SEQUERIA EN LA FIRMA DEL CONVENIO DE FINANCIAMIENTO REFERIDO AL NO. 4521-NI , POR UN MONTO DE DEG´S 12,200,000.00, EQUIVALENTE A U$ 20,000,000.00 PARA FINANCIAR EL CONVENIO DENOMINADO "CRÉDITO DE APOYO A LAS POLÍTICAS DE DESARROLLO" ACUERDO PRESIDENCIAL N° 437-2008, Aprobado el 2 de Octubre del 2008 Publicado en La Gaceta No.199 del 16 de Octubre del 2008 El Presidente de la República de Nicaragua CONSIDERANDO I Que el Gobierno de Nicaragua se centra fundamentalmente en el fortalecimiento del sector público con énfasis en la gestión y la transparencia, el fortalecimiento de la eficiencia, el monitoreo y la rendición de cuentas de los servicios sociales básicos; el cuál se obtienen de cuatro áreas temáticas tales como: (i) estabilidad macroeconómica y mejoras en la gestión financiera y del sector público, (ii) promoción de un mayor desarrollo del capital social y humano, (iii) desarrollo económico inclusivo, y (iv) gobernanza y rendición de cuentas; la implementación de estas temáticas en un programa con acciones que permitan fomentar el crecimiento económico de la nación, mejorar y expandir la asignación de recursos para reducir la pobreza. II Que para financiar este programa, el Gobierno de la República de Nicaragua ha solicitado el apoyo a la International Development Association (IDA), del Banco Mundial, a través del otorgamiento de un crédito en términos altamente concesionales. Por lo tanto, en uso de sus facultades que le confiere la Constitución Política, ACUERDA Artículo. 1 Autorizar al Embajador de la República de Nicaragua en los Estados Unidos de América, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con la International Development Association (IDA), Convenio de Financiamiento No.4521- NI, por un monto de Doce millones doscientos Mil Derechos Especiales de Giros (DEG's 12,200,000.00), equivalente aproximadamente a Veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América(US$20,000,000.00) para financiar el Convenio denominado "Crédito de Apoyo a las Políticas de Desarrollo". Artículo. 2 La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Embajador Arturo Cruz Sequeira en la firma del Convenio de Financiamiento referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y la International Development Association (IDA). Artículo. 3 El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil ocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.- Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -