Se Autoriza Al Embajador Arturo Cruz Sequeria En La Firma Del Convenio De Financiamiento Referido Al No. 4521-Ni , Por Un Monto De Deg´s 12,200,000.00, Equivalente A U$ 20,000,000.00 Para Financiar El Convenio Denominado "crédito De Apoyo A Las Políticas De Desarrollo"
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Acuerdos Presidenciales
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SE AUTORIZA AL EMBAJADOR ARTURO
CRUZ SEQUERIA EN LA FIRMA DEL CONVENIO DE FINANCIAMIENTO REFERIDO
AL NO. 4521-NI , POR UN MONTO DE DEG´S 12,200,000.00, EQUIVALENTE A
U$ 20,000,000.00 PARA FINANCIAR EL CONVENIO DENOMINADO "CRÉDITO DE
APOYO A LAS POLÍTICAS DE DESARROLLO"
ACUERDO PRESIDENCIAL N° 437-2008, Aprobado el 2 de Octubre
del 2008
Publicado en La Gaceta No.199 del 16 de Octubre del 2008
El Presidente de la República de
Nicaragua
CONSIDERANDO
I
Que el Gobierno de Nicaragua se centra fundamentalmente en el
fortalecimiento del sector público con énfasis en la gestión y la
transparencia, el fortalecimiento de la eficiencia, el monitoreo y
la rendición de cuentas de los servicios sociales básicos; el cuál
se obtienen de cuatro áreas temáticas tales como: (i) estabilidad
macroeconómica y mejoras en la gestión financiera y del sector
público, (ii) promoción de un mayor desarrollo del capital social y
humano, (iii) desarrollo económico inclusivo, y (iv) gobernanza y
rendición de cuentas; la implementación de estas temáticas en un
programa con acciones que permitan fomentar el crecimiento
económico de la nación, mejorar y expandir la asignación de
recursos para reducir la pobreza.
II
Que para financiar este programa, el Gobierno de la República de
Nicaragua ha solicitado el apoyo a la International Development
Association (IDA), del Banco Mundial, a través del otorgamiento de
un crédito en términos altamente concesionales.
Por lo tanto, en uso de sus facultades que le confiere la
Constitución Política,
ACUERDA
Artículo. 1 Autorizar al Embajador de la República de
Nicaragua en los Estados Unidos de América, para que en nombre y
representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba
con la International Development Association (IDA), Convenio de
Financiamiento No.4521- NI, por un monto de Doce millones
doscientos Mil Derechos Especiales de Giros (DEG's 12,200,000.00),
equivalente aproximadamente a Veinte millones de dólares de los
Estados Unidos de América(US$20,000,000.00) para financiar el
Convenio denominado "Crédito de Apoyo a las Políticas de
Desarrollo".
Artículo. 2 La certificación de este Acuerdo acreditará
la representación del Embajador Arturo Cruz Sequeira en la firma
del Convenio de Financiamiento referido en el artículo anterior,
cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio
de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y la International Development
Association (IDA).
Artículo. 3 El presente Acuerdo surte sus efectos a
partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los
veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil ocho.
Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de
Nicaragua.- Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para
Políticas Nacionales.
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