(Se Aprueba Una Disposición Del Comité Ejecutivo Del Distrito Nacional) 1

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Acuerdos Presidenciales - (SE APRUEBA UNA DISPOSICIÓN DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL DISTRITO NACIONAL) No. 145, Aprobado el 13 de Septiembre de 1933 Publicado en La Gaceta No. 209 del 26 de Septiembre de 1933 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, ACUERDA: Único: Aprobar en todas sus partes el siguiente acuerdo: No. 106 - El Comité Ejecutivo del Distrito Nacional, por unanimidad de votos de sus miembros, CONSIDERANDO: Que ya no existen las razones por las cuales se suspendió el cobro de servicio de limpieza pública a los dueños de predios desocupados ubicados en el radio de limpieza pública de esta capital, disposición de carácter temporal, pues la mayoría de esos predios desocupados han pasado a poder de propietarios acomodados, que los han comprado para hacer construcciones o con fines especulativos; y CONSIDERANDO: Que esos predios gozan del servicio de limpieza que constituye un fuerte gasto para el Distrito Nacional, puesto que lo que se recauda por ese servicio no cubre los gastos que ocasiona; ACUERDA: Artículo 1.- Derogar el Arto. 5º de la ley temporal sobre servicio de limpieza pública, dada por este Comité Ejecutivo el diez de julio de 1931, y aprobada por el Supremo Gobierno el 13 del mismo mes y año. Artículo 2.- El cobro de servicio de limpieza sobre los predios desocupados, se hará de conformidad con el Arto. 3º de la misma Ley. Artículo 3.- Elevar lo anterior al conocimiento del Supremo Gobierno para su debida aprobación, y surtirá sus efectos desde su publicación La Gaceta. Dado en las Oficinas del Distrito Nacional, a los trece días del mes de septiembre de mil novecientos treinta y tres. R. Villavicencio E. Eduardo Bernheim. Andrés Largaespada. José Ma. Fonseca, Srio. Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, 23 de septiembre de 1933. SACASA. El Ministro de la Gobernación, Gonzalo Ocón. -