Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Acuerdos Presidenciales
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(SE APRUEBA UNA DISPOSICIÓN DEL
COMITÉ EJECUTIVO DEL DISTRITO NACIONAL)
No. 145, Aprobado el 13 de Septiembre de 1933
Publicado en La Gaceta No. 209 del 26 de Septiembre de 1933
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
ACUERDA:
Único: Aprobar en todas sus partes el siguiente
acuerdo:
No. 106 - El Comité Ejecutivo del Distrito Nacional, por
unanimidad de votos de sus miembros,
CONSIDERANDO:
Que ya no existen las razones por las cuales se suspendió el cobro
de servicio de limpieza pública a los dueños de predios desocupados
ubicados en el radio de limpieza pública de esta capital,
disposición de carácter temporal, pues la mayoría de esos predios
desocupados han pasado a poder de propietarios acomodados, que los
han comprado para hacer construcciones o con fines especulativos;
y
CONSIDERANDO:
Que esos predios gozan del servicio de limpieza que constituye un
fuerte gasto para el Distrito Nacional, puesto que lo que se
recauda por ese servicio no cubre los gastos que ocasiona;
ACUERDA:
Artículo 1.- Derogar el Arto. 5º de la ley temporal sobre
servicio de limpieza pública, dada por este Comité Ejecutivo el
diez de julio de 1931, y aprobada por el Supremo Gobierno el 13 del
mismo mes y año.
Artículo 2.- El cobro de servicio de limpieza sobre los
predios desocupados, se hará de conformidad con el Arto. 3º de la
misma Ley.
Artículo 3.- Elevar lo anterior al conocimiento del Supremo
Gobierno para su debida aprobación, y surtirá sus efectos desde su
publicación La Gaceta.
Dado en las Oficinas del Distrito Nacional, a los trece días del
mes de septiembre de mil novecientos treinta y tres. R.
Villavicencio E. Eduardo Bernheim. Andrés Largaespada. José Ma.
Fonseca, Srio.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, 23 de septiembre de 1933.
SACASA. El Ministro de la Gobernación, Gonzalo
Ocón.
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